La mañana y tarde de este viernes 20 de marzo de 2020, mediante videoconferencia, se desarrolló la sesión virtual de la Comisión de Soberanía, Integración, Relaciones Internacionales y Seguridad Integral, presidida por el legislador Fernando Flores. La mesa legislativa continuó con el análisis de los nudos críticos de las reformas a la Ley Orgánica de Movilidad Humana (LOMH), que procesa el organismo legislativo.
El debate se centró en tres temas puntuales: repatriación de restos mortales, beneficios para migrantes retornados y requisitos esenciales para la obtención de la residencia temporal o permanente en Ecuador. Sobre el primer punto de análisis, la legisladora Esther Cuesta dijo que, al ser un tema sensible, la repatriación de restos mortales de ecuatorianos en el exterior debe contar con el criterio del Defensor del Pueblo, para tener una mirada más amplia.
Para abonar en este tema, la comisión recibió a Flor Haro, representante de la Fundación Familia Sin Fronteras, organización encargada de brindar asistencia a personas migrantes. La Defensoría del Pueblo era la encargada de hacerlo, con la última reforma a la ley, actualmente es la Cancillería la institución responsable, “el Estado debe garantizar la repatriación de los cuerpos de manera rápida”, dijo.
Jaime Bejarano, asesor de la Cancillería, manifestó que la situación actual es facilitar a la gente el retorno de cadáveres y los valores deben ser asumidos por los migrantes. Informó que el 2019 repatriaron 40 cadáveres.
La legisladora Cuesta dijo que debe establecerse un análisis económico y la vulnerabilidad socioeconómica del migrante para que, en función de esos parámetros, puedan acceder a estos procesos y que el Estado otorgue a las familias la asistencia, criterio con el que coincidió la asambleísta, Encarnación Duchi.
Así mismo, la mesa legislativa analizó la propuesta de reforma al artículo 41, sobre los beneficios de las personas retornadas. En este tema, la comisión acordó que los beneficios que el Estado brinda a las personas retornadas sean concedidos una vez cada diez años, y no cada quince años como constaba en el articulado original. También, se estableció que los ecuatorianos retornados podrán solicitar los beneficios hasta treinta y seis meses después de su regreso al país y ya no hasta veinticuatro como constaba en la norma, en este marco la comisión amplió el plazo para acceder a dichos beneficios.
Otro nudo crítico analizado por la Comisión de Soberanía se enmarcó en el artículo 64, sobre los requisitos permanentes para obtener la residencia temporal o permanente en Ecuador. Sobre este articulado, la comisión discutirá el tema con mayor amplitud, pues a juicio de los legisladores, si no se establecen con claridad dichos elementos, estos pueden ser modificados o interpretados de distinta manera y generarían controversia ante la aplicación de la misma.
Finalmente, el legislador Fernando Flores, principal de este organismo legislativo, dijo que el avance en el tratamiento de estos nudos críticos se suma a lo procesado por la comisión, por lo que indicó que se registra un 95% en el avance del tratamiento de estas reformas.
EA/cz
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