Parlamentarios analizarán veto de proyecto para el desarrollo de la acuicultura y pesca

Lunes, 23 de marzo del 2020 - 14:42 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Parlamentarios analizarán veto de proyecto para el desarrollo de la acuicultura y pesca

De manera virtual, este martes 24 de marzo, a partir de las 08:00, la Comisión de Soberanía Alimentaria analizará el veto parcial del Ejecutivo al proyecto de Ley Orgánica para el Desarrollo de la Acuicultura y Pesca, que busca establecer el régimen jurídico para el desarrollo de las actividades acuícolas y pesqueras en todas sus fases y actividades conexas como el fomento a la producción de alimentos sanos.

El presidente de la mesa legislativa, Lenin Plaza, adelantó que las 23 observaciones planteadas por el Ejecutivo son de forma y entre otros aspectos cree que se deben precisar disposiciones de carácter técnico, por ejemplo para mantener consonancia con las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, a fin de no dar lugar a equívocos.

La Comisión utilizó el término “aguas jurisdiccionales” cuando lo correcto es “aguas interiores”. Pide homologar el concepto de embarcación pesquera como consta en el Acuerdo de Medidas del Estado Rector del Puerto, ratificado por Ecuador.

Pide clarificar la definición del Sistema Nacional de Acuicultura y Pesca, porque no solo es un conjunto de instituciones públicas, sino que incluye subsistemas, políticas, normas, programas y servicios, que en conjunto de manera coordinadas y articulada aseguran el ejercicio, garantía y exigibilidad de los derechos constitucionales, así como, las competencias del ente rector de la política acuícola y pesquera nacional, sobre todas las fases de la actividad pesquera y así también sobre las zonas de playa y bahía para ejercicio de la actividad acuícola.

El Mandatario no está de acuerdo con la creación del Registro de Información Acuícola y Pesquero porque existe el Sistema Nacional de Información y el Sistema Estadístico y Geográfico Nacional, como entidades técnicas del sistema. En cuanto a la regulación de la pesca deportiva o de recreación, indica que debe estar acorde en lo establecido por el ente rector, que determinará las medidas específicas para su ordenamiento, tomando en cuenta prácticas internacionales.

Considera que se debe agregar, en la Disposición General Tercera, un plazo extendido desde la expedición de la Ley para que las empresas del sector gocen del beneficio estipulado, así como una disposición referente a la devolución condicionada de tributos, establecido vía resolución del Comité de Comercio Exterior (Comex).

JLVN/cz

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