Promover la preparación y participación de los deportistas en competencias nacionales e internacionales es uno de los propósitos de las reformas a la Ley de Deporte, Educación Física y Recreación que la Comisión del Derecho a la Salud analiza previa a la elaboración del informe para primer debate.
Este viernes 5 de junio, revisó los primeros 36 artículos del borrador del articulado, propuesto por la mesa técnica de asesores, que unifica ocho iniciativas legislativas. En estos primeros enunciados se conocieron los preceptos fundamentales, la organización y funciones del sistema deportivo y las generalidades de las organizaciones deportivas.
Antes de iniciar con la lectura del texto, uno de los primeros temas de discusión fue el título. El asambleísta Sebastián Palacios planteó que la norma se eleve al carácter de orgánica, argumentando que se trata de un derecho, como es el deporte y está a nivel de otras leyes. La moción fue respaldada con 12 votos de los asambleístas presentes.
Según los legisladores, la propuesta busca establecer normas a las que deben sujetarse las actividades del deporte para mejorar la calidad de vida, la condición física y de salud de toda la población, contribuyendo así a la consecución del Buen Vivir.
El artículo tres tuvo varias modificaciones. Los asambleístas consideran que la práctica hacia la actividad física, el deporte y la recreación debe ser libre y voluntaria; su ejercicio será garantizado por todas las instituciones del Estado y los organismos deportivos del país. Constituye parte fundamental de la formación integral de los niños, niñas, adolescentes y adultos mayores.
En el artículo cinco, sobre la gestión de los organismos deportivos, el parlamentario Ángel Sinmaleza planteó se incluya la corresponsabilidad de los Gobiernos Autónomos Descentralizados, GAD. La norma establece la promoción de una gestión eficiente, integradora y transparente que priorice al ser humano. La inobservancia de estas obligaciones dará lugar a sanciones, deportivas sin perjuicio de la determinación de las responsabilidades correspondientes por los órganos del poder público.
Entre los derechos de los deportistas de nivel formativo y de alto rendimiento, consta el goce obligatoriamente de un seguro de viaje que cubra las contingencias de salud, vida y accidentes, que cubra el período que comienza 30 días antes y termina 30 días después de las competencias oficiales nacionales y/o internacionales en las que participen.
La asambleísta Patricia Henríquez propuso que en el deporte formativo y de alto rendimiento se amplíe el seguro de viaje y cubra la inactividad por lesiones que se presenten en los deportistas. La parlamentaria Rosa Verdezoto solicitó acceder a instalaciones con adaptadores necesarias para la práctica del deporte; que el seguro de transporte sea considerado para los deportistas para movilización en casos emergentes; y, sea contra todo riesgo, que cubra la contingencia. Mientras Sebastián Palacios pidió adicionar del derecho a la maternidad, paternidad y lactancia.
En el artículo 19, sobre el administrador financiero en las organizaciones deportivas, Sebastián Palacios pidió definir la responsabilidad legal dentro de la organización deportiva. Incluir Director Financiero acorde a las asignaciones presupuestarias que se le otorgue. Carlos Vera considera que la persona debe ser calificada para el cargo.
El análisis del articulado continuará la próxima semana.
RSA/cz
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