Comisión del Régimen Económico y Tributario y su Regulación y Control

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Terminó tratamiento preliminar de artículos de reforma a Ley de Contratación Pública

Miércoles, 20 de enero del 2021 - 14:31 Imprimir

El presidente ecargado de la mesa legislativa, Franco Romero Loayza, indicó que el próximo miércoles 27 de enero, a las 09h30, los parlamentarios revisarán los textos de los artículos que quedaron pendientes de ser aprobados, en virtud de que se realizaron nuevas sugerencias para mejorar el articulado, y se elaborará el respectivo informe para segundo debate para ser tratado en el Pleno de la Asamblea Nacional.

Debate

Al revisar el texto sobre el alcance del control del Servicio Nacional de Contratación Pública, la legisladora Gabriela Larreátegui indicó que no solo la Contraloría y el Sercop deben ejercer el control de la fase preparatoria, pecontractual, ejecución del contrato y la de evaluación o posterior de este, sino que debe existir una interrelación con otras instituciones, como por ejemplo el Servicio de Rentas Internas, Fiscalía, etc. Pidió que se establezca plazo para la suspensión temporal, que no puede ser indefinida.

Sobre este particular, Silvana Vallejo, directora del Sercop, indicó que los campos de operatividad de la contratación pública son amplios; por tanto, no solo estos son los encargados de ejercer el control, sino también las superintendencias de Compañías, de Economía Popular y Solidaria, Fiscalía, Servicio de Rentas Internas, dependiendo del tipo de hallazgos que se encuentren en las diferentes fases del proceso.

En materia de reclamaciones y supervisión de la etapa precontractual, Larreátegui dijo no estar de acuerdo que en cualquier momento se presenten reclamos, cuando lo conveniente sería hacerlo al final del proceso. La Directora del Sercop aclaró que en el proceso precontractual existen diferentes fases; por tanto, el oferente puede hacer sus reclamaciones en caso de considerarse afectado. Precisó que durante todas las fases puede haber intervención de reclamación, según sea el caso.

Artículo 23

La legisladora Pinuccia Colamarco, envío una propuesta sobre el artículo 23, explica que el tema del aporte ciudadano y donación no se contemplan por los rubros, pero al revisar se encontró con muchos casos en los que la comunidad aporta para una obra. Por lo que dice que si dentro de la contratación pública hubiese un aporte de la comunidad debería estar ciontemplado dentro de los pliegos para saber que esa parte de la obra es un aporte de los ciudadanos. Dice que no existe una normativa donde se regule a pesar que sí se da. Asegura que es un tema de transparencia para no correr el riesgo de que si se entrega un aporte ciudadano se vuelva a contratar sobre eso

En cuanto a los métodos alternativos de solución de controversias, la legisladora Gabriela Larreátegui indicó que para someter cualquier controversia al proceso de arbitraje nacional debe tomarse en cuenta el artículo 190 de la Constitución, para evitar contradicciones. La mesa legislativa reformulará el texto sobre este tema.  Respecto de la suspensión de RUP solicitó se clarifique en qué casos opera la sanción de 60 o 180 días. Silvana Vallejo, señaló que depende de la casuística, pero sí es necesario determinar con precisión los plazos.

Al analizar el artículo sobre cometimiento de infracciones, la parlamentaria Gabriela Larreátegui solicitó se cambie por “procedimiento para sancionar las infracciones”. Pidió que en las disposiciones generales se agregue una sobre los mecanismos de participación ciudadana y control social.

 

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