La presidenta de la Asamblea Nacional, Guadalupe Llori Abarca, convocó a los parlamentarios a la sesión No. 720 del Pleno, para el jueves 5 de agosto, a las 12h00, con el fin de iniciar el segundo debate del proyecto de reformas al Código Civil en Materia de Regulación Marítima en Concordancia con la Convemar, que está orientado a armonizar la legislación nacional, con respecto a los artículos 14 y 408 de la Constitución y la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, es decir, fija las regulaciones para ejercicio de la soberanía ecuatoriana sobre los recursos naturales renovables y no renovables.
La Comisión de Justicia elaboró el informe respectivo que contiene 4 artículos y una disposición final, por el cual se ajusta el Código Civil vigente en los artículos 606, 609, 610 y 613 con la Convemar que tratan sobre el ejercicio de la soberanía en la zona marítima.
El proyecto se refiere al ordenamiento jurídico interno, ajusta la normativa con respecto a la Convemar, que promueve el uso pacífico de los mares y regula todos los asuntos relativos a las especies marinas; incorpora mecanismos que promuevan el desarrollo de la ciencia y tecnología marina y que permita compartir conocimientos y experiencias entre los Estados.
También, reafirma la delimitación marítima con los países vecinos y consolida los límites exteriores de espacios marítimos, así como la extensión de la plataforma continental; y determina un mecanismo para defender derechos e intereses.
Continuación sesión
A las 17h00, está prevista la continuación de la sesión 718 del Pleno para tratar tres proyectos de resolución. Uno de ellos exhorta al Presidente de la República para que disponga a la Autoridad Sanitaria Nacional declare la situación de emergencia sanitaria en los establecimientos del Sistema Nacional de Salud.
Otro, exige mayor cobertura por parte del Estado en los servicios para compatriotas que requieren patrocinio legal en el extranjero y repatriación de restos mortales; y, un tercer proyecto de resolución que exhorta al Mandatario, Guillermo Lasso Mendoza, cumpla de forma inmediata lo previsto en los artículos 47 y 362 de la Constitución, referente a la provisión de medicamentos de forma gratuita para las personas con discapacidad, enfermedades catastróficas raras o huérfanas en los establecimientos del Sistema Nacional de Salud, a escala nacional.
JLVN/pv