El legislador Pedro Velasco, presentó en Gestión Documental de la Asamblea dos proyectos que reforman la Ley Orgánica de Servicio Público (LOSEP) y la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL).
La primera iniciativa, que modifica la LOSEP, tiene como propósito suspender del ejercicio del cargo a la servidora o servidor público de libre nombramiento y remoción, dignataria o dignatario de elección popular, contra quien se emita auto de llamamiento a juicio.
Durante este tiempo se suspenderá, también, el pago de la remuneración a las y los servidores, dignatarias y dignatarios, así como los demás beneficios laborales. La autoridad nominadora, de ser el caso y de considerarlo necesario, podrá reemplazar temporalmente al servidor suspendido.
En el caso que se ratifique el estado de inocencia de la o el servidor público, este tendrá derecho a que se le reconozcan los valores por concepto de remuneración y más beneficios de ley, que dejó de percibir durante el período de suspensión.
Mientras, las reformas a la LOFL establecen que el Consejo de Administración Legislativa (CAL), no podrá calificar solicitudes de enjuiciamiento político, dentro de los últimos 45 días para la finalización del período para el cual fueron elegidos los asambleístas.
Otro cambio se refiere a la finalización de un período legislativo, o del período de dos años para el cual fueron designados los asambleístas como miembros de la Comisión de Fiscalización y Control Político, los plazos de la respectiva etapa procesal del juicio político, se suspenderán a partir del último día en funciones, hasta cuando se integre la nueva Comisión y se elijan sus autoridades.
Así mismo, se propone suspender los plazos cuando, la o el solicitante de juicio político, o la o el interpelante, haya perdido su calidad de asambleísta, bien por finalización de sus funciones; por motivo de fuerza mayor o caso fortuito, debidamente comprobados, que le impida continuar con el proceso.
Una vez conformada la nueva Comisión o superadas las circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, se continuará con la sustanciación del juicio político, hasta su conclusión. Además, la propuesta pretende ampliar a 10 años la prohibición de ejercer cargo público a quien sea sancionado y destituido en un juicio político. Actualmente la LOFL estipula como prohibición dos años.
El asambleísta indicó que el ser miembro de la Comisión de Fiscalización y Control Político le permitió evidenciar varias debilidades, en torno a las sanciones establecidas a las autoridades que han sido censuradas y destituidas. También, subrayó que no es posible que funcionarios que han cometido actos reñidos con la Constitución y la ley seguían despachando desde los centros de privación de libertad. “Si se quiere combatir la corrupción, es necesario poner un freno”, señaló .
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