La Comisión de Fiscalización y Control Político sesionará este viernes, 11 de febrero, a partir de las 09h00, con el propósito de avocar conocimiento y calificar la solicitud de juicio político presentada por el asambleísta Ronny Aleaga Santos, en contra de Carlos Riofrío González, contralor general del Estado subrogante, por incumplimiento de funciones determinadas en la Constitución y la Ley.
Según la solicitud de enjuiciamiento, el Contralor habría incurrido en incumplimiento de funciones, al inobservar lo previsto en el artículo 31 numeral 38 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, respecto del ejercicio de las competencias, así como el mandato del artículo 18.1, en torno a la formulación de informes previos a la contratación de obras públicas.
Además señala que con fecha 19 de agosto de 2021, se reformó la Ley de la Contraloría a través de un acuerdo institucional, sin respetar la jerarquía de la norma, hecho que a criterio del interpelante representa incumplimiento de funciones, configurándose de esta manera otra causal de juicio político.
La solicitud de juicio político, además del apoyo de la bancada de Unión por la Esperanza (UNES), a la que pertenece Ronny Aleaga, cuenta con el respaldo de legisladores del Movimiento Pachakutik y del Partido Social Cristiano.
Trámite
De conformidad con lo establecido en el artículo 81, incisos primero y segundo de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, la Comisión de Fiscalización y Control Político, dentro del plazo de cinco días desde la recepción de la solicitud avocará conocimiento de la solicitud y verificará que cumpla lo dispuesto en el artículo 131 de la Constitución de la República, caso contrario la archivará.
Una vez calificado el trámite, la Comisión notificará al funcionario sobre el inicio de este, acompañado de la solicitud de enjuiciamiento y la documentación de sustento, a fin de que, en el plazo de quince días, presente su contestación a las acusaciones políticas realizadas y las pruebas de descargo que considere pertinentes. En el mismo acto notificará a las y los asambleístas solicitantes, para que, dentro del plazo de quince días que se encuentra transcurriendo, presenten las pruebas que sustenten sus afirmaciones.
EG/pv