La Comisión de Gobiernos Autónomos solicitó 60 días de prórroga para presentar el informe para primer debate del proyecto de reformas al Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, con el propósito de ampliar el proceso de socialización de la propuesta y escuchar la opinión de las autoridades de los gobiernos autónomos descentralizados provinciales.
De acuerdo con el cronograma de trabajo, la comisión tiene previsto recibir a los prefectos provinciales el 20 de abril, luego de lo cual, el equipo técnico presentará la sistematización de las observaciones que servirá de base para la elaboración del informe para primer debate de este proyecto que, a decir de su proponente Byron Maldonado, tiene como objetivo dotar de recursos económicos a los gobiernos autónomos descentralizados, para atender las demandas de la población ecuatoriana.
La decisión se tomó considerando la complejidad y la importancia del proyecto y ante la necesidad de recoger los aportes y criterios de los 23 prefectos del país, para preparar una ley que vaya en beneficio de la ciudadanía, conforme la moción presentada por el legislador Gustavo Mateus.
Inseguridad ciudadana
En otro orden, la comisión, luego de un amplio debate, resolvió solicitar a los gobiernos autónomos descentralizados, del nivel correspondiente, un informe sobre el cumplimiento de la disposición transitoria segunda de la Ley Orgánica contra el Consumo y Microtráfico de Drogas, de conformidad con la moción presentada por el asambleísta Marlon Cadena.
La disposición en referencia vigente desde 13 de agosto de 2020, determina que “los gobiernos autónomos descentralizados, en el plazo de doce meses, contados a partir de la publicación de la presente Ley en el Registro Oficial, deberán emitir las regulaciones necesarias para hacer efectiva la política de prevención integral del uso y consumo de drogas y su prohibición, regulación y control en los espacios públicos, bienes de uso público, en establecimientos y los eventos de concurrencia masiva.
Los planes, programas y proyectos destinados a la prevención integral del consumo de drogas a los que se refiere esta Ley, podrán ejecutarse por parte de los gobiernos autónomos descentralizados conforme a los recursos que se les asigne y transfiera desde el Fondo Nacional para la Prevención Integral de Drogas previsto en esta Ley.
BG-PV