La Comisión de Soberanía, Integración y Seguridad Integral aprobó, con nueve votos, el informe para segundo debate del proyecto de Ley que Regula el Uso Legítimo de la Fuerza, mismo que será remitido de inmediato a la Presidencia de la Asamblea Nacional para que sea incluido en la agenda del Pleno del Legislativo.
Esta propuesta tiene como objetivo normar el uso legítimo y excepcional de la fuerza, por parte del Estado, para proteger los derechos, libertades y garantías ciudadanas, y precautelar el derecho a la seguridad integral de sus habitantes.
La comisión, previo a la aprobación del informe, sometió el proyecto a un amplio proceso de socialización, en el que escuchó y procesó las observaciones de los asambleístas, y más de 60 representantes institucionales, gremiales y sociales, colectivos ciudadanos, expertos en la materia y sectores directamente interesados. Además, realizó mesas técnicas con la participación de delegados del Ministerio del Interior, Comandancia de Policía, Defensoría del Pueblo y otras entidades estatales, así como con organizaciones de la sociedad civil.
El informe unifica tres iniciativas legislativas, que fueron abordadas en 21 sesiones ordinarias. El documento desarrolla la facultad constitucional del uso de la fuerza que el Estado ejerce a través de los servidores de la Policía Nacional, Fuerzas Armadas y del Cuerpo de Seguridad y Vigilancia Penitenciaria, como entidades de protección de los derechos, libertades y garantías de los ciudadanos.
En el informe, la comisión destacó que el proyecto propone un equilibrio virtuoso entre el respeto a los derechos humanos, el orden público, la seguridad ciudadana y la protección a la integridad de los servidores de las entidades reguladas, en cumplimiento de su deber legal.
Con este proyecto se busca también establecer el deber de prevención y protección en relación con el uso legítimo de la fuerza en situaciones en las que estén, o puedan estar, involucrados niños, niñas, adolescentes y otros grupos de atención prioritaria; y crear un marco jurídico diferenciado que oriente el actuar de los servidores de las instituciones mencionadas.
También regula las circunstancias específicas en la que se puede hacer uso legítimo y excepcional de la fuerza; de la fuerza potencial e intencionalmente letal; así como, norma los procedimientos y requisitos de los informes en caso del uso de la fuerza, dentro de un marco general de responsabilidades en caso de uso indebido; sin perjuicio de las responsabilidades civiles, administrativas o penales que correspondan.
El presidente de la comisión, Ramiro Narváez, y los parlamentarios, destacaron el trabajo realizado en el afán de contribuir a combatir la inseguridad ciudadana, en beneficio del país.
PV