En el marco de la aprobación del “Informe no vinculante de la Evaluación a la Ley Orgánica para la Planificación Integral de la Circunscripción Territorial Especial Amazónica”, la Comisión de Biodiversidad recibió la comparecencia de representantes de la Procuraduría General del Estado y del COMAGA, con el fin de aclarar el método para calcular la asignación de ingresos al Fondo de Desarrollo Amazónico.
Ana María Rosero, delegada de la Procuraduría, empezó su comparecencia con una exposición sobre el proceso de contestación que realiza la institución ante requerimientos especiales. Indico que la Procuraduría recoge los criterios de terceras instituciones estatales y organismos que tengan competencias y mayores elementos de análisis sobre cada materia de consulta, acotando que la institución no ha recibido aún todos los requerimientos.
Detalló que el Ministerio de Energía en respuesta al requerimiento expuso que de acuerdo con el artículo 60 de la Ley Amazónica, el Fondo de Desarrollo se financia con una asignación equivalente al 4% del precio de venta por cada barril de petróleo que se extraiga de la Circunscripción Territorial Amazónica y que se comercialice en los mercados interno y externo, pero que, según el Reglamento de Operaciones Hidrocarburiferas, no existe comercialización de crudo en el mercado interno.
“Hay que aclarar que en el tema estrictamente jurídico, un tributo tiene un tratamiento diferente a una asignación, ya que son dos conceptos distintos. La Ley 010 creada en el año 1992, que establecía un impuesto dirigido al Fondo para el Desarrollo Amazónico, fue derogada en el 2018 y sustituida por la Ley Amazónica, la cual establece una asignación en lugar de un impuesto”, concluyó.
La asambleísta Consuelo Vega aseguró que el texto de la Ley Amazónica vigente es casi igual al establecido en la Ley 010 y que al parecer cambiar el término de “impuesto” por “asignación” ha hecho que se vean vulnerados los derechos de la Amazonía.
Por su parte, el legislador Comps Cordova, se mostró preocupado ante la posición de la Procuradoría. “Nosotros creemos que la deuda del Gobierno con la Amazonía es de alrededor de 500 millones de dólares desde el año 2019. Considero que no se presta atención a la última parte del artículo 60, donde contempla un valor mínimo de 2 dólares por barril y también niegan que exista venta interna, al no considerar los derivados de petróleo, concluyó.
Los representantes del COMAGA y de las juntas parroquiales amazónicas fueron claros en señalar que no se ha respetado la ley como está escrita y que la Amazonía sigue acumulando necesidades. “Hasta el año 2020 se cumplía con el fondo, pero a partir de ahí han decidido tomar el reglamento sobre la Ley para no entregarnos lo que nos corresponde”, argumentaron.
Finalmente, la comisión con siete votos afirmativos resolvió solicitar al Presidente de la Asamblea Nacional que requiera al Procurador que absuelva, rectifique o reconsidere el procedimiento para el cálculo de los ingresos del Fondo de Desarrollo Sostenible, con relación a la comercialización en el mercado interno y externo, en el marco de la aprobación del “Informe no vinculante de la Evaluación a la Ley para la Planificación Integral de la Circunscripción Territorial Especial Amazónica” y a su vez, se lo llame a comparecer de manera indelegable para que fundamente su pronunciamiento.
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