La tarde de este miércoles 9 de noviembre, el asambleísta Lenin Barreto presentó un proyecto de reformas al Código Orgánico Integral Penal, el cual busca dar una nueva modalidad de sanción al delito del hurto.
“El objeto del proyecto es brindar una alternativa a la sanción y de alguna manera evitar el hacinamiento en las cárceles del país, en especial cuando las personas privadas de la libertad representan un gasto considerable para el pueblo ecuatoriano”, afirmó.
El hurto según el COIP está sancionado en el Art. 196 con una pena privativa de libertad de entre seis meses a dos años, norma que en su inciso final dispone: “Para la determinación de la pena se considerará el valor de la cosa al momento del apoderamiento.” Es decir, en este tipo de infracciones, tenemos una segunda medida de referencia, el valor de la objeto sustraído. Este valor determina si nos encontramos frente a un delito o una contravención.
El Art. 209 establece que el hurto es contravención cuando el valor de las cosas ajenas no supera el 50% de un salario básico del trabajador en general y sanciona esta infracción con una pena privativa de libertad de quince a treinta días.
El proyecto reforma el artículo 209 agregando el texto “o trabajo comunitario de sesenta a ciento veinte horas y medidas de reparación integral”, en la parte final del mismo.
Esta nueva modalidad permitiría que las personas que cometan esta contravención, que en muchos casos no son castigados con sanción alguna, tengan una castigo, aseguró.
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