Yeseña Guamaní presenta proyecto para regular el uso de animales en operativos de seguridad

Lunes, 19 de diciembre del 2022 - 12:10 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Yeseña Guamaní presenta proyecto para regular el uso de animales en operativos de seguridad

La legisladora Yeseña Guamaní presentó un proyecto de reformas a la Ley que Regula el Uso Legítimo de la Fuerza, por el cual se prohíbe el uso de caballos y perros en las protestas sociales como medios disuasivos. Según la parlamentaria los ecuatorianos debemos enfocarnos en una ética para el bienestar animal, en la medida que son seres sintientes, sujetos de derechos.

Recordó que la Corte Constitucional reconoció a los animales no humanos el derecho a existir, a la vida, libertad, buen vivir, integridad física, psíquica, salud, alimentación, habitad, etc.

La propuesta sustituye el artículo 43 de la Ley que Regula el Uso Legítimo de la Fuerza, por el cual se determina que la utilización de caballos y perros por parte de los servidores de la Policía Nacional, Fuerzas Armadas y Cuerpo de Seguridad y Vigilancia Penitenciaria será a través de técnicas y tácticas específicas por parte del guía o jinete, según corresponda, con el fin de cumplir su misión asignada y disminuir los riesgos y amenazas en circunstancias de patrullaje preventivo, protección de dignatarios, patrullaje rural y fronterizo montado.

Así mismo, en eventos públicos y privados con asistencia masiva de personas, operativos de control, regulación del espacio público y centros de diversión nocturna; detección de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, papel moneda, especies valoradas, vida silvestre, explosivos, armas, celulares, incursiones e investigaciones.

Igualmente, búsqueda y rescate de personas vivas, localización de restos humanos en áreas de difícil acceso, en desastres naturales o antrópicos, solicitados por autoridad competente o en casos de emergencia, y, operaciones conjuntas con entidades encargadas de atender emergencias, desastres o crisis.

La propuesta elimina el tercer inciso del artículo 44 de la Ley que Regula el Uso Legítimo de la Fuerza, que establece que los animales podrán ser empleados en el nivel de presencia para prevenir o disuadir el cometimiento de una infracción penal.

JLVN/pv

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