En el marco de la sustanciación de la solicitud de juicio político en contra del exministro del Interior, Patricio Carrillo; del secretario de Seguridad Pública, Diego Ordóñez; y, de la ministra de la Mujer y Derechos Humanos, Paola Flores, por incumplimiento de funciones, la Comisión Fiscalización aceptó el desistimiento propuesto por los interpelantes Ricardo Vanegas y Sofía Sánchez, en atención a lo dispuesto en el artículo 76 de la Constitución de la República, por el cual se debe asegurar las garantías básicas del debido proceso, dentro de ellas, que nadie puede ser juzgado más de una vez por la misma causa y materia.
Dichas causales se refieren al primer caso, relacionado con el inadecuado control y manejo de la fuerza pública en el paro de junio de 2022; y el femicidio en la Escuela Superior de Policía “Gral. Alberto Enríquez Gallo”, en contra de María Belén Bernal, temas que fueron materia de la censura dispuesta por la Asamblea Nacional, el 23 de febrero pasado.
En tal virtud, el juicio político, en lo que atañe al exministro del Interior, Patricio Carrillo, continuará respecto de las demás causales, entre ellas, las masacres perpetradas en centros de rehabilitación social del país, la inseguridad ciudadana y el crimen organizado.
De otro lado, la mesa legislativa no acogió el pedido de la exsecretaria de Derechos Humanos, Paola Flores, hoy ministra de la Mujer, en el sentido que la Comisión especifique a cuáles de las cinco causales propuestas en la solicitud de juicio político debe responder y sustentar su defensa. Los legisladores consideraron que este no era el momento procesal para este tipo de aclaraciones.
Así mismo, el organismo desestimó el pedido del asambleísta Ricardo Vanegas, en el sentido que se acepte la incorporación al proceso de la prueba documental no conocida, conforme lo preceptuado en el artículo 79 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa. Se trataba más de cincuenta oficios, memorandos, informes, planes estratégicos y otros que, a criterio del legislador Vanegas, no tenía conocimiento al momento de presentar el pedido de enjuiciamiento político.
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