Garantizar la igualdad de remuneración y cualquier forma de retribución económica entre mujeres y hombres en el desempeño de un mismo trabajo o para un trabajo de igual valor, sin discriminación por razones de sexo o género, es el fin de la Ley para la Igualdad Salarial entre Mujeres y Hombres, que será remitida al Registro Oficial, en virtud de que el Pleno de la Asamblea Nacional resolvió la objeción parcial del Ejecutivo.
La Ley consta de catorce artículos relacionados con el sistema nacional para la calificación de la igualdad de remuneración, medidas de prevención, reporte y registro, incentivos y procedimiento administrativo de atención a los casos de violación al derecho a la igualdad de remuneración.
Con 96 votos afirmativos, el Parlamento se ratificó en el texto de diez artículos, tres disposiciones generales y dos disposiciones transitorias referentes al ámbito de aplicación de la ley, definiciones, capacitación obligatoria y oportuna, reporte anual, obtención de certificación, procedimiento de reclamo, respuesta al reclamo, restitución al derecho, sanción; entre otros temas que fueron aprobados en el segundo debate, el pasado 28 de noviembre de 2023.
Mientras que, por unanimidad con 132 votos, acogió las observaciones del Ejecutivo a los artículos 2 y 3, relativos a la finalidad y los principios rectores de la ley, que clarifican el texto y evitan ambigüedad normativa.