Comisión de la Niñez continúa la revisión de artículos del COPINNA

Viernes, 02 de febrero del 2024 - 20:04 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Pierina Correa, COPINNA, Niñez

La Comisión de Protección Integral a Niñas, Niños y Adolescentes continuó con la revisión y aprobación de cambios de fondo y forma del Libro IV del Código para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (COPINNA).

Los articulados referentes a la aprehensión en flagrancia, tiempos de detención, procedimientos legales que se deberán aplicar en adolescentes entre 14 y 16 años, el catálogo de delitos de adolescentes, el tiempo de internamiento preventivo, medidas socioeducativas de privación de libertad, entre otros, fueron revisados, reformados y aprobados por los miembros de la comisión.

Los equipos técnicos de la comisión y de UNICEF contribuyeron con sus aportes para las mencionadas reformas, que están encaminadas a mejorar el libro IV del COPINNA.

Bajo los debidos fundamentos, la mesa legislativa pasó a aprobar cada uno de los artículos tratados. Así, en lo referente a la aprehensión de adolescentes bajo la figura de flagrancia, se apoyó el argumento de que no pueden pasar más de 24 horas para ser aprehendidos. La opción de aumentar a 48 horas, como se estipula para los adultos, no tuvo el apoyo de los legisladores, a pesar del criterio del asambleísta, Samuel Célleri, quien manifestó que es indispensable dar un espacio óptimo para realizar el debido proceso en flagrancia. El equipo técnico de la comisión respondió que el tiempo de aprehensión no impide la continuación del debido proceso, es decir, continuar con la investigación y determinar las sanciones correspondientes, en caso de que se confirme el delito perpetrado por un adolescente.

Dentro del artículo sobre el internamiento preventivo, la comisión coincidió en que es necesario que se mantenga el catálogo de delitos, entre los que se encuentran actos delictivos que contengan muerte y violencia.

En la propuesta consta también el secuestro extorsivo, pero, la delegada de Unicef sugirió que se retire del catálogo y que se incluya el numeral sobre la verificación del delito, con la finalidad de que se cumplan los derechos y garantías de los adolescentes.

El asambleísta, Samuel Célleri manifestó que, en la actualidad, la forma de delinquir ha cambiado, y que es necesario incluir al terrorismo, en el catálogo de delitos.

Elevó a moción su pronunciamiento y con 8 votos a favor, el delito de terrorismo se incluirá en el artículo 7 del libro IV del COPINNA, que trata sobre la responsabilidad penal de los adolescentes.

Entre otros temas, uno de mayor debate, resultó el articulado que menciona el internamiento preventivo de los adolescentes.

Para la delegación de la Unicef, no es prudente que pasen más de 30 días de privación de libertad. Su argumento se enfoca en la afección neurológica a la que puede estar sometido un adolescente infractor. El equipo técnico de la comisión, por su lado, sugiere que sean 90 días, como lo estipula el Código de Niñez y Adolescencia (CONA). Los miembros de la mesa legislativa aprobaron que continúen los 90 días, como norma de internamiento preventivo.

Dentro de las medidas socioeducativas, se aprobó eliminar el uso del dispositivo de vigilancia, para evitar la “estigmatización que puede generar en los adolescentes, el rechazo social”.

KC/pv

Más fotografías:

COMISIÓN DE LA NIÑEZ. ECUADOR, 02 DE FEBRERO DE 2024

Av. 6 de Diciembre y Piedrahita · Teléfono: (593)2399 - 1000 | Quito · Ecuador