La Ley para la protección de víctimas de femicidio, que obliga al Estado a proporcionar atención directa y medidas de reparación a las madres, hijos y personas dependientes de las mujeres asesinadas en el Ecuador, fue aprobada por la Comisión de Garantías Constitucionales la mañana de este 9 de mayo del 2024.
La Ley dispone la atención inmediata a los familiares de las víctimas de femicidio desde el momento en el que se conoce el delito hasta que se dicte sentencia contra el autor material o intelectual de la muerte violenta de una mujer.
Adicionalmente garantiza y obliga al Estado a prestar servicios, servicios legales gratuitos, fondos de apoyo económico, acompañamiento psicosocial o psiquiátrico, gestión de servicios funerarios entre otros, así como acceso prioritario a la salud, programas de vivienda, educación y trabajo. Además, la ley reformará otros cuerpos legales como el COIP, la Ley de Educación Superior o el Código Civil para mejorar y garantizar el acceso de los familiares de las víctimas de femicidio a una justicia imparcial y oportuna, así como para generar planes de prevención y concientización desde las aulas escolares y universitarias.
El asambleísta Adrián Castro, vicepresidente de la Comisión de Garantías Constitucionales, resaltó que este proyecto de ley se trabajó de la mano de los familiares de las víctimas y de las organizaciones de lucha por la defensa de los derechos de mujer.
“Este es un tema que escapa de cualquier bandera política o ideológica, este es un tema de país, un mensaje contra los femicidas y la injusticia”, dijo Castro durante su intervención en la Comisión.
La Ley denominada “Ley Orgánica de Contención, Acompañamiento y Reparación Transformadora e Integral a hijas, hijos, madres, padres y demás familiares de víctimas de femicidio y otras muertes violentas por razones de género”, será trasladada al pleno para su aprobación en segundo y definitivo debate.