Proyecto de reforma legal para garantizar la movilidad en sectores rurales cuenta con informe para primer debate

Viernes, 06 de septiembre del 2024 - 13:20 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Soberanía Alimentaria

La Comisión de Soberanía Alimentaria y Desarrollo del Sector Agropecuario y Pesquero aprobó el informe para primer debate del proyecto de reformas a varias leyes para garantizar la circulación terrestre del sector agropecuario y pesquero, que tiene por objetivo incluir en la Ley de Tránsito, en la categoría de transporte por cuenta propia, la modalidad de transfer o traslado entre comunas, comunidades, pueblos, nacionalidades, recintos, barrios, parroquias rurales y urbano marginales o viceversa.

El proyecto responde a las vivencias de un gran número de comunidades, especialmente en la provincia de Manabí que, según cifras del Instituto Nacional de Estadísticas y Censo, cuenta con más de un millón quinientos mil habitantes, de los cuales el 42 % habita en la ruralidad y ellos dependen en gran medida de camionetas y motocicletas adaptadas con cajones (tricimotos), para el transporte de carga y pasajeros. Estos vehículos se han convertido en los medios de transporte más comunes en estas áreas rurales, siendo esenciales para su desplazamiento hacia las ciudades y mercados, donde comercializan sus productos agrícolas y lácteos.

Frente a esta realidad, es necesario reformar el Código Orgánico Integral Penal (COIP) y la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial para permitir de manera segura y regulada el transporte de pasajeros en camionetas adaptadas en zonas rurales, con lo cual no solo se beneficiará a los campesinos, sino que también contribuirá al desarrollo económico y social de las comunidades. En este sentido, es fundamental considerar que la mayoría de habitantes de esta zona carece de los recursos para adquirir un vehículo propio, por lo cual dependen de este servicio para movilizarse.

El proyecto consta de dos artículos a través de los cuales se reforman los artículos 58 de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, que regula la modalidad de transporte por cuenta propia; y el 388, numeral 7, del COIP, por el cual se sanciona como contravención la circulación de vehículos con personas en los estribos o pisaderas, baldes de camionetas, parachoques o colgados de las carrocerías de los vehículos. En este caso, se propone una excepción para el caso de transporte entre comunas, comunidades, parroquias y barrios rurales y urbano marginales.

Una vez aprobado el informe, en las próximas horas será remitido a la Presidencia de la Asamblea, a fin de que, de conformidad con los plazos establecidos en la Ley Orgánica de la Función Legislativa, se incluya en la agenda del Pleno el primer debate del proyecto de reformas a varias leyes para garantizar la circulación terrestre del sector agropecuario y pesquero.

EG/am

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