Comisión de Justicia analiza informe sobre reforma al Código de la Función Judicial para fortalecer el ejercicio de la justicia indígena

Lunes, 02 de diciembre del 2024 - 12:20 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Comisión de Justicia

La Comisión de Justicia y Estructura del Estado inició el análisis del informe para primer debate del proyecto de Ley Orgánica Reformatoria al Código Orgánico de la Función Judicial, que entre otros aspectos, fortalece el ejercicio de la justicia indígena, en el marco del Estado Plurinacional.

Previo a la lectura del informe, el presidente de la mesa legislativa, Fernando Cedeño recordó que para la presente reforma se tomó en cuenta las iniciativas de los asambleístas Mariana Yumbay, Héctor Valladarez, Juan Carlos Rosero y Ana Galarza.

Es fundamental reformar el Código Orgánico de la Función Judicial para reconocer de manera expresa la justicia indígena en armonía con las disposiciones constitucionales, señala el documento.

En este contexto, la propuesta normativa contiene reformas sobre los principios, de independencia de las juezas y jueces, colaboración con la Función Judicial, justicia intercultural, así como sobre la declinación de competencia.

En este último tema, el proyecto precisa que, la competencia para conocer, resolver y sancionar los casos que atenten contra la vida de toda persona será facultad exclusiva y excluyente del sistema de la justicia ordinaria, aun en los casos en que los presuntos involucrados y presuntos responsables sean ciudadanos pertenecientes a comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, aunque los hechos ocurran dentro de una comunidad, pueblo o nacionalidad indígena.

Añade que, la administración de justicia indígena conserva su jurisdicción para conocer y dar solución a los conflictos internos que se producen entre sus miembros dentro de su ámbito territorial y que afecten sus valores comunitarios.

Fiscal y Defensor Público

Según el informe, es necesario legislar con miras a garantizar la estabilidad e independencia de la Fiscalía General del Estado. Al respecto, está en análisis la reforma para que cumplido el período de funciones de la máxima autoridad de esta institución, y en el caso de que el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) no hubiera designado a la o el Fiscal General, la o el Fiscal General subrogante asumirá el cargo, quien podrá mantenerse en funciones hasta la designación del titular.

De igual manera, en el caso de que el CPCCS no hubiera designado a la Defensora o Defensor Público General, asumirá dicho cargo la o el subrogante, quien podrá mantenerse en funciones hasta la designación del titular.

Tras la presentación del informe y trámite de las mociones de los legisladores José Agualsaca y Vicente Taiano, se suspendió la sesión.

AM

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