Jorge Acaiturri propone sanción penal por cometimiento de delitos tecnológicos

Martes, 18 de marzo del 2025 - 16:00 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Jorge Acaiturri, proyecto de ley

El legislador por la provincia del Guayas, Jorge Acaiturri, presentó el proyecto de Ley Orgánica Reformatoria al Código Orgánico Integral Penal para el Fortalecimiento de la Lucha contra los Delitos Tecnológicos, en el cual propone sancionar el fraude bancario y financiero, sabotaje informático, ciberterrorismo, suplantación de identidad digital, distribución de malware, ataques de denegación de servicio, extorsión digital, comercio ilegal de datos e interferencia en sistemas de información.

El Ecuador tiene que adaptar su legislación a los delitos actuales, que muchos son digitales, como la suplantación y robo de datos, fraude financiero, extorsión y otros. Cuántas veces a los ciudadanos les han clonado las tarjetas de crédito, aquello no está regulado, dijo el autor de la reforma penal.

La propuesta inicia con la modificación al artículo sobre violación a la intimidad que será sancionado con pena privativa de libertad de dos a cinco años. Además, la pena se incrementará en un tercio si el delito se comete mediante el uso de tecnologías avanzadas o se afectan sistemas críticos de información. El incremento a las penas también procederá en otros tipos penales, que constan en la presente reforma.

Una persona cometerá fraude bancario y financiero cuando por cualquier medio, sustrajere fondos, valores o activos de una institución bancaria, financiera o fintech, o valiéndose de cualquier artificio, engaño, phishing, hacking, malware, ransomware o cualquier otra técnica de ataque cibernético, para obtener un beneficio económico indebido.

Entre tanto, la persona que dañare, alterare, destruyere, inutilizare, interrumpiere, desactivare o de cualquier manera comprometiere la integridad, confidencialidad o disponibilidad de datos, programas, documentos electrónicos, sistemas informáticos o infraestructuras críticas, será sancionada por sabotaje informático.

Según la reforma se considerará suplantación de identidad digital, cuando la persona que con el fin de obtener un beneficio económico, causar daño o perjuicio a una persona, empresa o institución, cree, utilice, manipule o difunda identidades digitales falsas o suplante la identidad de otra persona en medios electrónicos o redes sociales.

Otro de los delitos referidos es la extorsión digital, que se configura cuando una persona mediante el uso de tecnologías de la información y comunicación, amenace con divulgar información confidencial, datos personales, imágenes o videos comprometedores de una persona o institución con el fin de obtener un beneficio económico, favores sexuales o cualquier otro tipo de ventaja.

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ASAMBLEÍSTA JORGE ACAITURRI, PRESENTA PROYECTO DE LEY ORGÁNICA REFORMATORIA AL CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA LUCHA CONTRA LOS DELITOS TECNOLÓGICOS, 18 DE MARZO DEL 2025.

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