Comisión de Protección Integral a Niñas, Niños y Adolescentes recibió aportes judiciales para reformar el Código de la Niñez y Adolescencia

Martes, 22 de julio del 2025 - 15:56 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

En el marco del análisis del texto unificado del Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria al Código de la Niñez y Adolescencia, Libros I, II y III, la Comisión de Protección Integral a Niñas, Niños y Adolescentes recibió aportes de jueces especializados y expertos en derecho familiar, con el objetivo de fortalecer la normativa en favor del interés superior de la niñez.

Durante la sesión, comparecieron los jueces Olga Pareja, Édison Gualotuña y Graciela Betancourt, de la Unidad Judicial de Familia, Niñez y Adolescencia, quienes presentaron sus observaciones técnicas al proyecto de ley.

La jueza Olga Pareja expresó su preocupación sobre la redacción del artículo 15, al considerar que podría generar confusiones entre el rol del juzgador y los insumos que este utiliza para fijar pensiones alimenticias. Advirtió que exigir a la persona que cuida al niño, usualmente la madre, justificar ingresos sin reconocer su labor de cuidado como aporte económico, puede vulnerar el principio de tutela judicial efectiva. Además, sugirió que el pago de pensiones en décimos se considere una excepción y no una regla general, y propuso regular los bonos de lactancia para evitar efectos contraproducentes.

Por su parte, el juez Édison Gualotuña destacó la necesidad de llenar vacíos legales respecto a adolescentes en acogimiento institucional que, al alcanzar la mayoría de edad sin haber sido adoptados, quedan fuera del sistema de protección. En ese sentido, propuso revisar con precisión los artículos 113 y 270 para diferenciar entre privación, suspensión y pérdida de la patria potestad, con el fin de garantizar la seguridad jurídica y el bienestar de los niños y adolescentes.

Graciela Betancourt, también jueza de la Unidad de Familia, puntualizó que el Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES) establece el marco referencial para el cálculo de pensiones alimenticias, pero que corresponde a los jueces determinar los montos en función de cada caso. Recordó que esta obligación es incondicional, incluso si el alimentante no cuenta con empleo formal.

Además, defendió el valor del trabajo no remunerado de cuidado y advirtió que la figura de tenencia compartida debe aplicarse únicamente cuando existan acuerdos reales que garanticen el bienestar del menor, sin que esto sirva para evadir responsabilidades económicas.

En comisión general, expertos jurídicos también brindaron sus aportes al proyecto de reformas. Andrés Cueva cuestionó que se pretenda equiparar ingresos entre ambos progenitores en los procesos de alimentos, sin tomar en cuenta el peso emocional, jurídico y económico que implica la custodia. “Hablar de igualdad de ingresos no es hablar de equidad”, enfatizó.

De su lado, Marianella Maldonado, especialista en derechos de la infancia, recomendó eliminar el uso del término “menor” por su connotación peyorativa y su incompatibilidad con el enfoque de protección integral establecido en la Convención sobre los Derechos del Niño. Subrayó la urgencia de actualizar el Código de la Niñez, vigente desde hace más de dos décadas, y reformar el sistema de cálculo de pensiones para reflejar la realidad económica de las familias ecuatorianas. “Los niños, niñas y adolescentes deben ser reconocidos como sujetos plenos de derechos”, puntualizó.

La presidenta de la Comisión, Viviana Veloz, agradeció los aportes recibidos y reafirmó el compromiso de la mesa legislativa de continuar escuchando voces técnicas y jurídicas en el proceso de construcción del informe para primer debate.

MEV

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COMISIÓN DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA. ECUADOR,  22 DE JULIO DE 2025

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