Proyecto de legalización de tierras solucionará problema habitacional de alrededor de 15 mil familias del Guayas: Octavio Villacreses

Miércoles, 02 de octubre del 2013 - 00:49 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

El legislador Octavio Villacreses, en su calidad de ponente del proyecto de Ley Reformatoria a la Ley de Legalización de la Tenencia de Tierras a favor de los moradores y posesionarios de predios que se encuentran dentro de la circunscripción territorial de los cantones Guayaquil, Samborondón y El Triunfo, destacó que ser posesionario del predio hasta antes del 28 de diciembre de 2010 y haberlo destinado a la construcción de vivienda, será motivo para legalizarlo.

 

Indicó que la normativa establece que el posesionario, su cónyuge, conviviente en unión de hecho o hijos e hijas dependientes no deben ser propietarios de otro bien inmueble en la provincia del Guayas.

Además, que no se puede expropiar los predios del Gobierno Central o que hayan sido declarados de utilidad pública por éste.

El legislador precisó que mediante el uso de un Sistema de Información Georeferenciada, se determinan la ubicación, forma y área de los predios que son objeto de la ley.

Explicó que con la normativa, el Gobierno Central, por medio del MIDUVI, podrá implementar planes de vivienda de interés social una vez legalizados e implementados con la infraestructura básica para garantizar el derecho al hábitat y a una vivienda digna.

Así mismo, dijo que los predios que se adjudiquen o vendan por efectos de esta ley serán destinados para el uso de vivienda; sin embargo, para fomentar las actividades económicas, una parte de la misma pueda ser destinada para uso de actividades económicas, con el fin de impulsar los procesos de economía popular solidaria.

Octavio Villacres manifestó que es competencia del gobierno autónomo municipal en predios municipales y del MIDUVI en predios del Gobierno Central, según corresponda, determinar el valor del predio y el plazo de pago, el cual es hasta de 25 años.

Se dispone a los GAD municipales que los asentamientos humanos legalizados sean catastrados dentro de los 90 días de presentado el proyecto por el MIDUVI, explicó.

La enmienda legal también propone que los predios legalizados se constituirán en patrimonio familiar y no podrán ser enajenados por el lapso de 10 años, manifestó, al indicar que la forma de probar la no propiedad de otro bien inmueble en la provincia del Guayas será mediante certificado de propiedad del cantón respectivo y declaración juramentada.

Por último señaló que en un plazo de 30 días para que se expida el reglamento que permitirá la aplicación de esta normativa.

Al recordar cómo se dieron los asentamientos en el Monte Sinaí, enfatizó que la reforma busca terminar de una vez por toda donde no llegó nunca el modelo exitoso, al tiempo que resaltó que con la normativa se busca solucionar el problema que sufren alrededor de 15 mil familias.

El legislador informó que previo a la elaboración del informe para segundo debate, los asambleístas que integran la Comisión de Gobiernos Autónomos realizaron una visita en sitio al aseverar que la Reforma a la Ley 88 va a servir para que los posesionarios nunca más tengan preocupación de que van a perder estos asentamientos.

RSA/pv

 

 

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