Viceministra del Ambiente explica por qué se suspendió el paso elevado del proyecto CAF XVI en Guayaquil

Jueves, 31 de julio del 2025 - 16:06 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

Daniela Limongi, viceministra de Ambiente, del Ministerio de Ambiente, Agua y Transición Ecológica (MAATE) expuso los antecedentes que dieron lugar a la suspensión de la construcción de un paso elevado vehicular en la intersección de la Av. del Bombero y la Av. Dr. Leopoldo Carrera, iniciativa del Municipio de Guayaquil y denominado como Programa CAF XVI.

La autoridad informó que, luego de recibir denuncias ciudadanas sobre la afectación ambiental que ocasionaría su ejecución, el MAATE, como autoridad nacional del ambiente, dispuso a la Prefectura del Guayas, ente rector del ambiente en la provincia, que emitiera una orden de suspensión temporal mientras se realizaban las investigaciones respectivas.

“El 11 de julio de 2025, la Prefectura comunicó sobre la suspensión al operador del proyecto y el 23 de julio, el MAATE dispuso el inicio de un proceso administrativo sancionador al Municipio de Guayaquil y la revocatoria del permiso ambiental otorgado, en atención al análisis realizado e informe obtenido”.

Entre las inconsistencias encontradas, Limongi destacó que el proyecto fue mal categorizado, pues según el informe de prefactibilidad colgado en el portal de compras públicas, el 88,24 % de los impactos ambientales ocasionados serían de significación media y alta. “Esto se contradice con el permiso otorgado que categoriza al proyecto como de bajo impacto”, detalló.

Además, dijo, no se consideraron actividades complementarias como la construcción de ductos, remoción de suelo y perforaciones que, al ser incluidas en el simulador del sistema único de información ambiental, da como resultado que el permiso debió obtenerse como licencia ambiental de alto impacto y no como registro ambiental de bajo impacto.

Antes de concluir la sesión, los legisladores Fernando Jaramillo y Camila León, quien preside esta mesa legislativa, lamentaron la inasistencia de Aquiles Álvarez, alcalde de Guayaquil, quien fue convocado a comparecer sobre el tema en una sesión previa.

Jaramillo dijo que al tratarse de un presunto caso de presentación de documentación ambiental falsa, la conducta podría tener consecuencias penales de acuerdo al artículo 255 del Código Orgánico Integral Penal. León coincidió con el criterio antes vertido y enfatizó en que la falsedad u ocultamiento de información ambiental podría ser sancionada con de 1 a 3 años de pena privativa de la libertad.

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