Ministerio de Trabajo considera que normativas vigentes ya regulan el acoso laboral

Viernes, 01 de agosto del 2025 - 12:46 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Comisión del Derecho al Trabajo, Prevención y Erradicación del Acoso Laboral

La Comisión del Derecho al Trabajo y a la Seguridad Social, presidida por el asambleísta Ecknner Recalde, recibió los criterios de los delegados del Ministerio de Trabajo respecto al Proyecto de Ley Orgánica para la Prevención y Erradicación del Acoso Laboral, en el marco de la elaboración de su informe para primer debate.

María Gabriela Pico y David Padilla, subsecretaria de Normativa y subsecretario de Empleo y Salario del Ministerio de Trabajo, respectivamente, subrayaron que ya existe un marco normativo vigente que recoge muchos de los principios contemplados en el proyecto de ley presentado en 2023.

Ambos funcionarios insistieron en que dicho marco legal es suficiente en cuanto a   reformas normativas y cumplimiento de exigencias internacionales, ya que actualmente ampara diversas modalidades de acoso laboral.

Pico explicó que el artículo primero, que se refiere al objeto de la ley, ya se encuentra regulado en la reforma realizada al Código de Trabajo y a la LOSEP, en concordancia con la aplicación del Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), tanto en el sector público como en el privado. Este convenio busca prevenir, erradicar y sancionar diversas formas de agresión y maltrato en el entorno laboral.

Asimismo, señaló que la definición de acoso laboral propuesta en el proyecto es contraria a la establecida en el Convenio 190 de la OIT, ya ratificado por el Ecuador. Añadió que la Ley Reformatoria para Prevenir el Acoso Laboral en todas sus modalidades ya contempla una definición vigente, expedida recientemente en 2024.

En cuanto a la rectoría, indicó que ya existe un cuerpo colegiado encargado de los temas de violencia de género en todos los entornos, como es el Comité Interinstitucional, que actualmente se encuentra en funciones. No obstante, consideró que podrían asignarse atribuciones específicas sobre acoso laboral a dicho comité.

Por su parte, David Padilla recalcó que la Ley Orgánica Reformatoria para la Erradicación de la Violencia y el Acoso en todas las modalidades de trabajo es la   norma que actualmente rige en esta materia y que recoge principios más alineados con las disposiciones de la OIT. Asimismo, informó que existe el Acuerdo Ministerial 2020-2024, el cual establece el protocolo para reglamentar y hacer efectivos los derechos contemplados en dicha ley. Este protocolo se encuentra próximo a ser reformado para incorporar los avances requeridos por las instituciones pertinentes.

El asambleísta Roberto Cuero reflexionó que no existe mejor momento para debatir una norma de esta naturaleza, especialmente tras la expedición del Decreto Ejecutivo 57 que motivó la salida abrupta de 5.000 empleados. Por ello, alertó sobre la necesidad de revisar y auditar dichos procedimientos.

Finalmente, Ecknner Recalde adelantó que en una próxima sesión se recibirán los argumentos y alcances por parte de la proponente del proyecto en discusión. Agradeció los aportes recibidos por parte del Ministerio y solicitó que sean enviados por escrito para que sirvan de sustento en la elaboración del informe correspondiente.

RSA

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