La Comisión de Soberanía, Integración y Seguridad Integral, este miércoles, 13 de agosto, en el tratamiento del proyecto de Ley Orgánica del Cuerpo de Seguridad y Vigilancia Penitenciaria, escuchó a Juan Carlos Mamaní, mayor de seguridad del Servicio Penitenciario Federal de Argentina, quien expuso cómo se preparan los efectivos de este cuerpo que opera en los centros penitenciarios en las distintas jurisdicciones de Argentina.
Indicó que en su país existe este cuerpo de custodia de los centros penitenciarios, como un servicio auxiliar de la fuerza pública, que está constituida por las Fuerzas Armadas, la Policía y la Policía Portuaria. Aclaró que las Fuerzas Armadas, por mandato constitucional, no pueden intervenir en temas sociales, mientras que el servicio penitenciario puede ser convocado para actuar junto a ellas en temas de defensa.
Juan Carlos Mamaní explicó que la preparación es parecida a la de la Policía y Fuerzas Armadas, pero es diferente; admite la participación de efectivos que fueron parte de estas otras ramas de la fuerza pública; tienen un sueldo mayor, en comparación con los militares y policías, por los riesgos y las circunstancias que rodean su accionar. “Los oficiales penitenciarios estamos en condición similar a la de los internos, pasamos todo el tiempo en los centros penitenciarios”, aseveró.
Añadió que, en vista de estas mismas consideraciones y por estar expuestos a altos niveles de estrés, riegos de suicidio, alcoholismo y otras adicciones, tienen un sistema diferenciado de jubilación, puesto que no requieren de contar con 60 o 65 años de edad para acogerse al retiro, con un porcentaje de su remuneración. También, tienen algunas garantías, como las establecidas en la Ley de Salud Mental.
De igual manera, aseveró que el servicio penitenciario de la Nación Argentina no ha tenido muchos problemas como ocurre en otros países, gracias a la formación especializada y específica, con una estructura jerárquica y disciplinada, a través de la Escuela del Cuerpo de Seguridad del Servicio Penitenciario.
Uso de la fuerza
Asimismo, la comisión avocó conocimiento del proyecto de Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica que Regula el Uso Legítimo de la Fuerza, de iniciativa de la exasambleísta Yeseña Guamaní Vásquez. De esta manera se dio inicio al trámite previsto en el artículo 57 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, que comprende la apertura de la fase de socialización a los demás legisladores y a la ciudadanía, a través del portal web y demás canales comunicacionales de la Asamblea Nacional.
EG
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