El alto número de procesos es uno de los problemas a considerar en la reforma al CONA

Jueves, 18 de septiembre del 2025 - 16:33 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Comisión Niñez y Adolescencia

El juez de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, William Román; y la representante del Centro Ecuatoriano para la Promoción y Acción de la Mujer (CEPAM), Estefanya Guillén, presentaron nuevas observaciones dentro del tratamiento de la reforma al Código de la Niñez y Adolescencia (CONA).

En su intervención, el juez William Román informó que uno de los principales problemas de los juzgados es la alta carga procesal. Como ejemplo, citó la existencia de seis mil causas en la Unidad Judicial de Quitumbe.

Detalló que los mayores inconvenientes se presentan en las demandas relacionadas con alimentos, tenencia, patria potestad, régimen de visitas, incidentes de rebaja de pensión alimenticia cuando el demandado carece de recursos, medidas cautelares, evasión de citación, entre otros.

Por su parte, el legislador Alejandro Vanegas consultó sobre los mecanismos de apoyo a las madres que reclaman frente a decisiones de padres que se llevan a sus hijos con la finalidad de evadir el cumplimiento de sus obligaciones.

Aportes del CEPAM

La delegada del CEPAM, Estefanya Guillén, expuso tres casos tratados en la entidad, considerando el enfoque cualitativo y la problemática social. Señaló que, debido a la identidad de género, varias personas han sido objeto de discriminación en el ámbito educativo y en los sistemas de salud.

Guillén manifestó que determinados tipos de violencia no son visibilizados, pues no existen registros, activación de protocolos ni medidas de protección administrativas otorgadas por las Juntas Cantonales de Protección de Derechos. Precisó que la violencia sexual infantil va en aumento y que las víctimas no reciben reparación integral.

Agregó que la violencia de género también se manifiesta en violencia vicaria. Asimismo, cuestionó que las actas de mediación implementadas para regular las visitas, tenencia y pensiones alimenticias se generen sin la realización previa de un estudio psicosocial.

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