Justicia avanza en análisis de las reformas al Código Orgánico de la Función Judicial

Miércoles, 24 de septiembre del 2025 - 16:24 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

La Comisión de Justicia y Estructura del Estado continuó con el análisis del proyecto unificado de reformas al Código Orgánico Integral Penal, en el capítulo relacionado con el blindaje ético de la administración de justicia. En esta ocación recibió a representantes del Departamento de Confiabilidad del Ejército, de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) y al experto Francisco Estupiñán.

Pablo Vallejo, jefe del Departamento de Confiabilidad del Ejército, explicó que se aplican dos pruebas, una de estrés de voz y, la segunda, del polígrafo, como parte del proceso para la evaluación de aspirantes a ser parte de la fuerza y para los ascensos en los distintos grados jerárquicos. Aseguró que se trata de pruebas que se aplican previo consentimiento informado, es decir que quienes se someten a ellas lo hacen de manera voluntaria. “Estos son procesos eminentemente técnicos, que se aplican a nivel internacional”, enfatizó.

Indicó que el Ejército cuenta con alrededor de 24 mil miembros y se han aplicado 2.184 pruebas de estrés de voz en 2024 y 2.000 pruebas en lo que va de 2025. Adicionalmente, cuando se presenta un caso relacionado con un acto de corrupción, la entidad actúa de manera inmediata, como por ejemplo cuando alguien del personal encargado de custodiar los centros de rehabilitación social se ha involucrado con hechos reñidos con la ley.

De su lado, Jose Gabriel Terán, director de Asesoría Jurídica de la CNJ, aseguró que es necesario garantizar en la ley la aplicación irrestricta de los principios de transparencia, publicidad y participación ciudadana, así como el de la tutela judicial efectiva, para lo cual es indispensable generar confianza en la ciudadanía, no solo a través de la selección de jueces y demás operadores de justicia, sino de la evaluación permanente de su desempeño.

Subrayó que no se entiende el alcance de la prueba de confianza, razón por la cual el último proceso de selección de jueces fue suspendido, justamente en esta fase.  Añadió que existe normativa internacional que permite sustentar la necesidad de contar con medidas que permitan recuperar la ética en la administración de justicia.

Mientras, el experto Francisco Estupiñán, en cambio, se refirió a la viabilidad de instituir el sistema de jurados para determinados procesos judiciales. Compartió la experiencia de los jurados en Estados Unidos de Norteamérica, sistema en el cual existen dos instancias: un jurado de la etapa de instrucción, que acepta o no el criterio de la fiscalía sobre una presunta conducta penal; y, el segundo, el jurado de la etapa de juicio. En este último caso, los jurados evalúan todo el proceso, pero solo el juez es quien valida o no las pruebas que presentan la acusación y la defensa.

Dijo que es importante considerar este sistema en el caso ecuatoriano y sugirió tomar en cuenta la seguridad de los jurados, como por ejemplo la existencia de un jurado anónimo para evitar retaliaciones. El jurado anónimo podría ser utilizado en casos de delincuencia organizada, concluyó.

EG

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