La asambleísta Anelisse Jaramillo, representante de la provincia de Loja, presentó un proyecto que busca modificar un artículo de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, y siete artículos del Código Orgánico Integral Penal (COIP).
En su primer artículo, el proyecto busca incluir un sistema de recuperación de puntos en la licencia de conducir, por el “no cometimiento de infracciones de tránsito y aprobación de cursos de sensibilización y reeducación vial en una escuela de capacitación autorizada por la Agencia Nacional de Tránsito (ANT)”. Se propone que este sistema sea individualizado para cada tipo de licencia de conducir, según la categoría que posea el conductor.
Por otro lado, la reforma al artículo 376 del COIP, sobre muertes causadas por conductores en estado de embriaguez, o bajo los efectos de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, busca esclarecer que la revocatoria definitiva de la licencia de conducir se aplicará a todas las categorías y tipos de licencia que posea el infractor.
La propuesta de aclaración se extiende además al artículo 377 referente a las muertes culposas ocasionadas por personas que provoquen un accidente de tránsito del que resulte la muerte de una o más personas por infringir los deberes objetivos de cuidado.
Además, en el artículo 384, sobre la conducción de un vehículo bajo los efectos de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o preparados que las contengan, se establece una disminución de treinta puntos en todos los tipos y categorías de licencia que posea el infractor, duplicando la sanción tipificada en el COIP vigente.
Además, en los artículos 386 y 387 de la reforma, sobre las infracciones de tránsito de primera y segunda clase, se busca que la sanción establecida corresponda a la categoría de licencia de conducir utilizada en el momento del cometimiento de la infracción.
Al respecto, Jaramillo señaló que no es proporcional ni razonable sancionar con igual intensidad todas las licencias de un ciudadano que ha cometido una infracción específica, pues ello desconoce la individualización de la conducta y su contexto, por lo que esta reforma promueve la seguridad jurídica, el respeto a los derechos adquiridos y la eficiencia en la administración de justicia sancionadora.
CV
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