El Ministro de Relaciones Laborales, Francisco Vacas, no está de acuerdo que en las leyes existan nudos, candados ni bloqueos que impidan la contratación colectiva. Señaló que el Art 56 de la Ley para las Finanzas Públicas contiene una norma que dificulta la suscripción de contratos colectivos de los servidores públicos.
En tal norma se precisa que previo a la suscripción de un contrato colectivo, exista el dictamen favorable del Ministerio de Finanzas y Crédito Público, disposición que no la comparte, pues pese a que los trabajadores lleguen a un acuerdo con sus empleadores, al momento de pedir el dictamen para la suscripción por parte del Director Regional del Trabajo, las instituciones, especialmente los gobiernos autónomos descentralizados, no entregan toda la información al Ministerio de Finanzas y ello tarda la contratación colectiva.
Décimo tercera y cuarta remuneraciones
Sobre el sustento legal del Acuerdo Ministerial 046, que reglamenta el pago de la décimo tercera y décimo cuarta remuneración, participación de utilidades y consignaciones, el Ministro argumentó que en ningún momento se ha modificado la norma legal. Es un acuerdo ministerial que establece cómo se debe declarar el pago de la décimo tercera y décimo cuarta remuneración, utilidades, salario digno y, en esa línea, se esclarece y facilita el proceso al usuario, para que envíe la información en línea y presente los formularios y la declaración en la fecha oportuna, precisó el funcionario.
Con respecto al décimo tercer sueldo, informó que desde diciembre de este año se enviará toda la información e incluso los formularios firmados por los trabajadores, en línea.
Añadió que tendrán derecho al porcentaje de participación de utilidades los hijos mayores de 18 años con discapacidades, que tenga carnet del Conadis.
Artesanos
En lo referente al Acuerdo Ministerial 075o que sustituye el Art. 13 del Acuerdo Ministerial 046 y se aumenta el numeral quinto en la segunda disposición general referente a los artesanos del Ecuador, el Presidente de la Comisión agregó que la clase artesanal ha denunciado que este acuerdo les perjudica, ya que en el Código de Trabajo se establece la exoneración para los artesanos en relación a los aprendices y operarios del pago del décimo tercero y décimo cuarto sueldos y utilidades.
Ante ello el Ministro Vacas indicó que el Código actual establece que todos los trabajadores tienen derecho al décimo tercero, décimo cuarto y utilidades exceptuando de las utilidades a los empleados domésticos y también a los aprendices y operarios de artesanía, quienes no tienen derecho ni a los décimo ni a utilidades, pero que existen artesanos con grandes empresas que creen que por tener esta calidad no deben pagar a nadie estos derechos.
Aclaró que en el Acuerdo se obliga a los artesanos a declarar a sus aprendices y operarios, para levantar una base de información y verificar con esos datos el tiempo de trabajo con su denominación, porque no es posible que laboren por muchos años en calidad de aprendices.
La asambleísta Diana Peña pidió al Ministro que se establezca un nuevo sistema de calificación desde la Junta Nacional de Defensa del Artesano.
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