El asambleísta Carlos Velasco, presidente de la Comisión del Derecho a la Salud y profesional en la medicina, propuso que la normativa relativa a homicidio culposo por mala práctica profesional, determine que la persona que dolosamente en el ejercicio o práctica de su profesión ocasione la muerte de otra será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años y que sea inhabilitado para el ejercicio de su profesión por un tiempo igual a la mitad de la condena y que el proceso de habilitación para ejercer la profesión luego de cumplir la pena sea establecido por la ley.
Añadió que existen otros artículos que tienen que ver con los medicamentos, que también son sometidos a revisión, considerando que el médico no tiene ninguna responsabilidad si prescribe la medicación y por culpa del dispensador de la farmacia entrega un medicamento falsificado, a la vez que aseveró que por esta razón la tipificación de los medicamentos falsificados está muy bien estructurada.
Carlos Velasco aclaró que en ningún caso se trata de crear una normativa criminalizadora, como quieren presentar los gremios de la salud, al tiempo que aseveró que desde la Comisión de la Salud, como asambleísta y como médico se creyó en la necesidad de hacer unas reformulaciones, para lo cual se han reunido con actores del sector salud para mejorar esas acciones.
Aseveró que se ha recibido actores que tienen que ver con la actividad de la salud para ir mejorando y profundizando un texto que tenga la posibilidad de estar en mejores condiciones para la legislación.
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