Las asambleístas Liliana Durán y Cecilia Baltazar presentaron en Gestión Documental el proyecto de Ley Orgánica de Acceso a la Educación Sexual Integral, una propuesta orientada a garantizar el derecho de niñas, niños y adolescentes a recibir información veraz, científica, laica y no discriminatoria sobre sexualidad, conforme a los principios constitucionales y los estándares internacionales de derechos humanos.
La iniciativa busca establecer un marco normativo que regule el acceso a la educación sexual integral en los sistemas educativo formal y no formal, desde un enfoque preventivo, de derechos humanos y de igualdad. Además, prioriza el uso eficiente de los recursos públicos, sin generar incremento del gasto fiscal. El proyecto incorpora disposiciones generales sobre su objeto, finalidad, ámbito de aplicación y definiciones, estableciendo que la educación sexual integral debe ser científica, progresiva, respetuosa de la diversidad y adaptada a cada etapa del desarrollo de las personas.
Asimismo, delimita las obligaciones estatales que incluyen la emisión de lineamientos técnicos intersectoriales, la actualización curricular, la articulación entre los sistemas de educación, salud y protección integral, y la implementación de mecanismos de seguimiento y evaluación a través de las plataformas existentes, sin crear nuevas estructuras administrativas. La propuesta incorpora además, enfoques de derechos humanos, género, intergeneracionalidad, interculturalidad, territorialidad, interseccionalidad, discapacidad y movilidad humana, con el fin de impulsar políticas públicas inclusivas, respetuosas de las diversidades y acordes con las realidades territoriales del país.
Entre los principios rectores del proyecto constan la igualdad y no discriminación, la diversidad, la laicidad, la participación, la autonomía progresiva, el interés superior de la niñez y adolescencia, la transversalidad y la corresponsabilidad entre el Estado, las familias y la comunidad educativa. También se definen los sujetos protegidos que incluyen: niñas, niños, adolescentes, jóvenes, personas adultas en programas educativos, personas con discapacidad, población en movilidad humana y comunidades rurales, indígenas y afrodescendientes.
La normativa identifica a las instituciones obligadas para su aplicación, como el Ministerio de Educación, Deporte y Cultura; el Ministerio de Salud Pública; los Gobiernos Autónomos Descentralizados; las instituciones educativas y de educación superior; los medios de comunicación públicos y privados; y las entidades del Sistema de Protección Integral. El proyecto de ley contiene 47 artículos, 7 disposiciones generales, 9 disposiciones transitorias, 2 disposiciones reformatorias y 1 disposición final.
Durante la presentación, la asambleísta Liliana Durán destacó la importancia de que la información llegue desde las aulas y no desde fuentes distorsionadas, de manera que la niñez y la adolescencia cuenten con herramientas que les permitan vivir libres de violencia. A su vez, la legisladora Cecilia Baltazar enfatizó que esta propuesta nace de las voces del territorio y del acompañamiento de redes de mujeres de diversas provincias, y constituye un esfuerzo colectivo orientado a la prevención y a la garantía plena de derechos, que requiere del compromiso político de todas las bancadas para convertirse en una herramienta real de protección.
MEV