En la Comisión del Derecho al Trabajo y la Seguridad Social, la asambleísta Janina Rizzo expuso los alcances y objetivos del Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria a Varias Leyes para Garantizar el Derecho a la Protección Prioritaria de la Mujer en el Período de Maternidad. Destacó que el propósito es tutelar de forma efectiva la protección jurídica de las mujeres embarazadas como grupo prioritario y evitar la vulneración de los derechos consagrados en la Constitución y en el Derecho Internacional.
Explicó que, aunque la legislación actual concede 12 semanas de licencia por maternidad, no establece qué ocurre cuando la hija o el hijo nace sin vida o fallece durante este período. Este vacío legal —indicó— ha expuesto a muchas mujeres a decisiones administrativas injustas, obligándolas a regresar al trabajo en uno de los momentos más vulnerables de su vida.
Por ello, señaló que propone reformar el Código de Trabajo, la Ley Orgánica del Servicio Público y el Código Orgánico de la Función Judicial, con el fin de incorporar una garantía explícita que proteja la salud física y emocional de la madre en el posparto, independientemente de la supervivencia del recién nacido.
Recalcó que se trata de una normativa clara, coherente y humana, de enorme relevancia para las mujeres que han enfrentado situaciones injustas. Subrayó que protege su salud integral en uno de los momentos más sensibles y determinantes de su vida, como es la maternidad; no crea privilegios, no genera cargas indebidas, reconoce derechos y corrige injusticias históricas.
El proyecto plantea que, de producirse el fallecimiento de la niña o el niño dentro del período de la licencia por maternidad concedida, la trabajadora continuará haciendo uso de dicha licencia por el tiempo que le reste, con excepción del tiempo correspondiente a la lactancia.
En caso de fallecimiento de la madre durante el parto o mientras goza de la licencia por maternidad, el padre podrá hacer uso de la totalidad, o en su caso, de la parte restante del período de licencia que le hubiese correspondido a la madre si no hubiese fallecido.
Durante el debate, la vicepresidenta de la Comisión, la legisladora Paola Jaramillo, consultó acerca de los beneficios humanos, laborales y sociales para las mujeres trabajadoras, tras proponer que se incorpore que, en caso de fallecimiento de la madre posterior al parto, el padre pueda solicitar la licencia por maternidad que le habría correspondido a ella, así como el derecho a la lactancia hasta que el hijo ingrese al período de ablactación. Además, propuso invitar al doctor Humberto Palacios, médico pediatra.
La asambleísta Naila Quintana preguntó si, al reconocerse mediante esta reforma el derecho de la madre a continuar con su licencia ante la pérdida del recién nacido, también debería debatirse el fortalecimiento de la licencia de paternidad en estos casos, considerando el impacto emocional y familiar que enfrentan ambos padres. El legislador Juan Pablo Molina aplaudió las intervenciones y felicitó la propuesta.
Al cierre de la sesión, el presidente de la Comisión, Ecknner Recalde, dispuso continuar con el trámite regular del proyecto y tomar en cuenta las solicitudes planteadas. RSA
Más fotografías: