Defensoría del Pueblo expuso los alcances del proyecto de Ley que Regula los Procedimientos Eutanásicos

Miércoles, 10 de diciembre del 2025 - 16:03 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Comisión del Derecho a la Salud, Rodrigo Varela, representante de la Defensoría del Pueblo, royecto de Ley que Regula los Procedimientos Eutanásicos,

En la Comisión del Derecho a la Salud, Rodrigo Varela, representante de la Defensoría del Pueblo, presentó los aspectos centrales del Proyecto de Ley que Regula los Procedimientos Eutanásicos. Destacó que la propuesta tiene como punto de partida principios constitucionales y de derechos humanos, y que se trata de una normativa clara, garantista y técnicamente sólida, construida desde un enfoque centrado en la dignidad humana.

Varela explicó que el proyecto fue elaborado por la Institución Nacional de Derechos Humanos en cumplimiento del mandato emitido por la Corte Constitucional mediante la sentencia 067-23-IN/24, del 5 de febrero de 2024. En dicho fallo, el órgano constitucional dispuso a la Defensoría del Pueblo la presentación, en un plazo de seis meses, de una propuesta normativa específica para regular la eutanasia activa en el país.

Recordó que la Corte Constitucional determinó que un profesional de la salud no puede ser penalmente sancionado cuando practica la eutanasia con el consentimiento libre, informado e inequívoco de la persona solicitante, al tratarse de un ejercicio legítimo de derechos vinculados con la dignidad humana y el libre desarrollo de la personalidad.

El delegado señaló que el proyecto establece un marco legal claro para asegurar la autonomía, la dignidad, la confidencialidad, el acceso a cuidados paliativos y el derecho a una muerte digna de pacientes con enfermedades graves e incurables. La propuesta incluye salvaguardas, requisitos de consentimiento informado.

Precisó que la Ley está dirigida a personas con enfermedades graves e incurables, o con lesiones irreversibles que generen sufrimiento intenso. Además, regula la despenalización ya vigente y define procedimientos, derechos, responsabilidades y las condiciones para el ejercicio de la objeción de conciencia.

En relación con el procedimiento, explicó que el proyecto detalla cada una de las fases que deben cumplirse. La normativa contempla la posibilidad de realizar la eutanasia tanto en establecimientos de salud como en el domicilio, según la voluntad y la condición del paciente.

Varela enfatizó que actualmente el ordenamiento jurídico ecuatoriano carece de una regulación específica sobre procedimientos eutanásicos, lo que genera un vacío normativo que impacta en la seguridad jurídica de pacientes, familias y profesionales de la salud. Esta ausencia, añadió, limita la capacidad del Estado para cumplir su obligación ética y legal de garantizar la autonomía y aliviar el sufrimiento intenso al final de la vida.

Durante la sesión, la legisladora Annabella Azin solicitó información sobre experiencias comparadas en legislación internacional. Asimismo, el tema del financiamiento para garantizar la aplicación de la eutanasia fue una inquietud recurrente. Varela aclaró que la regulación propuesta no implica un incremento en el presupuesto estatal para la prestación de este servicio.

RSA

 

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