16 firmas inconsistentes dejan sin efecto el juicio político contra consejeros del CPCCS

Lunes, 12 de enero del 2026 - 12:18 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

Este 12 de enero, el Consejo de Administración Legislativa (CAL) resolvió no dar paso al procedimiento de juicio político en contra de Xavier Fantoni Baldeón, Johanna Ivonne Verdezoto del Salto, Jazmín Lilibeth Enríquez Castro, David Alejandro Rosero Minday y Piedad del Rocío Cuarán Rosero, en su calidad de consejeras y consejeros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), debido a inconsistencias en las firmas de respaldo a la solicitud de juicio político presentada por el asambleísta Luis Molina (RC), y por falta de uniformidad en la identificación de la autoridad sujeta al proceso.

La decisión fue adoptada con base en la recomendación contenida en el informe técnico-jurídico emitido por la Unidad Técnica Legislativa (UTL), el cual concluyó que la solicitud presentada no cumple con los requisitos constitucionales y legales para su admisión a trámite.

Entre las principales causales que motivaron la no admisión del pedido consta que, de los 42 registros de firmas de respaldo presentados, 16 presentan inconsistencias relacionadas con la integridad de la firma electrónica. Estas corresponden a las siguientes personas:

Blasco Remigio Luna Arévalo (RC)
Janeth Paola Cabezas Castillo (RC)
Ricardo Armando Patiño Aroca (RC)
Milena Cristina Jácome Benites (RC)
Héctor Guillermo Valladarez González (RC)
Roque Martín Ordoñez Quezada (RC)
Lenin Daniel Barreto Zambrano (RC)
Sara Noemí Cabrera Chacón (RC)
Josefina Germania Romero Poguillo (RC)
Héctor Eduardo Rodríguez Chávez (RC)
Marcos Humberto Alvarado Espinel (RC)
Jahiren Elizabeth Noriega Donoso (RC)
Juan Kleiner Guzmán Cruz (RC)
Lizardo Manuel Casanova Montesinos (RC)
Ronal Eduardo González Valero (RC)
María Verónica Íñiguez Gallardo (RC)

Todas ellas presentan problemas en la integridad de la firma electrónica, lo que invalida su respaldo a la solicitud.

Adicionalmente, el informe de la UTL señala que la solicitud de enjuiciamiento político carece de uniformidad en la identificación de la autoridad sujeta al proceso. En el numeral 8 del documento se evidencia un error en el nombramiento de la autoridad, al mencionarse a Jimmy Daniel Martin Delgado, y no a los 4 consejeros del CPCCS, lo que demuestra una falta de coherencia y congruencia interna respecto de la determinación de la autoridad a ser enjuiciada.

En virtud de estas inconsistencias, la Unidad Técnica Legislativa recomendó no dar paso al trámite, al considerar que la solicitud incumple lo dispuesto en el artículo 131 de la Constitución de la República, así como en los artículos 78 y 79 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa.

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