ACESS y ARCSA proponen ajustes técnicos y de control al proyecto de Ley de Reproducción Humana Asistida

Viernes, 16 de enero del 2026 - 15:03 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Comisión del Derecho a la Salud, sesión 88, Proyecto de Ley que Regula las Técnicas y Procedimientos de Reproducción Humana Asistida,

La Comisión del Derecho a la Salud y Deporte recibió las observaciones técnicas de la Agencia de Aseguramiento de la Calidad de los Servicios de Salud y Medicina Prepagada (ACESS) y de la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (ARCSA) al Proyecto de Ley que Regula las Técnicas y Procedimientos de Reproducción Humana Asistida, actualmente en trámite para segundo debate. Los aportes buscan fortalecer la rectoría sanitaria, garantizar derechos y evitar vacíos normativos en la aplicación de las técnicas de reproducción asistida.

La directora ejecutiva de ACESS, Paola Andrea Aguirre, señaló la necesidad de precisar el objeto y las definiciones de la ley, a fin de evitar ambigüedades y contradicciones técnicas, especialmente en conceptos como compensación económica, reproducción post mortem y bancos de gametos, que no se encuentran claramente armonizados con la normativa sanitaria vigente.

En materia de derechos, consentimientos y condiciones para donantes, ACESS propuso fortalecer el consentimiento informado incorporando la revocatoria del consentimiento y la figura de la objeción científica para los profesionales de la salud, como mecanismo de protección ética y técnica. Además, recomendó ajustar la edad máxima de los donantes conforme a la evidencia científica actual.

Respecto a control y supervisión, se enfatizó la necesidad de delimitar con claridad las competencias entre el Ministerio de Salud Pública, ACESS y ARCSA, para evitar duplicidades. En ese sentido, se propuso que ACESS ejerza funciones de habilitación, verificación de calidad y remisión de hallazgos, mientras que la regulación de los procedimientos se mantenga bajo la rectoría sanitaria nacional.

En cuanto al régimen sancionatorio, ACESS advirtió que varias prohibiciones e infracciones se duplican con la Ley Orgánica de Salud, por lo que recomendó armonizar ambos cuerpos normativos y definir tipos y montos de sanciones, garantizando proporcionalidad, coherencia y seguridad jurídica.

Por su parte, Jorge Bejarano, coordinador general técnico de regulación de ARCSA, destacó que el proyecto responde a una obligación constitucional del Estado de regular prácticas médicas que inciden directamente en derechos fundamentales como la autonomía reproductiva, la igualdad, la filiación y el derecho a la identidad. Subrayó que la ley no crea una nueva realidad, sino que ordena y protege una práctica ya existente, dotándola de controles sanitarios y jurídicos.

ARCSA recomendó ajustar las definiciones para que tengan un lenguaje normativo y no clínico, reforzar la trazabilidad y seguridad de los bancos de gametos y embriones, y consolidar de manera clara la rectoría, regulación, vigilancia y control sanitario. Asimismo, sugirió que los comités y comisiones técnicas tengan un rol estrictamente asesor, sin atribuciones de autorización o fiscalización, funciones que corresponden a la autoridad sanitaria.

Asambleístas coincidieron en la importancia de definir expresamente qué establecimientos de salud públicos y privados podrán realizar estos procedimientos, priorizando hospitales de segundo y tercer nivel, y garantizando los recursos necesarios para evitar prácticas informales o mercados ilegales que pongan en riesgo la salud de las personas.

Las observaciones presentadas por ambas entidades buscan fortalecer la aplicabilidad de la ley, asegurar una adecuada rectoría sanitaria y proteger los derechos de pacientes, donantes y profesionales de la salud, sin alterar el espíritu del proyecto legislativo.

RSA

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COMISIÓN DE DERECHO A LA SALUD (PRIMERA). ECUADOR, 16 DE ENERO DE 2026

 

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