La Comisión de Gobiernos Autónomos recibió nuevas observaciones al proyecto de Ley Orgánica Reformatoria al Código Orgánico Integral Penal para la Recategorización de las Contravenciones de Tránsito, el Fortalecimiento de la Seguridad Vial Preventiva y la Reducción de la Carga Procesal en Materia de Tránsito en los Juzgados del País, con el objetivo de avanzar en la elaboración del informe para segundo debate.
En este contexto, el experto en Derecho Penal y de Tránsito, Ricardo Calderón Pasquel, centró su exposición en cuatro ejes fundamentales. En primer lugar, sostuvo que las contravenciones deben orientarse a la prevención, en concordancia con el principio de mínima intervención penal. Es decir, enfatizó que las contravenciones tienen un carácter preventivo y no punitivo.
Respecto a la libre circulación de vehículos de carga pesada, consideró necesario tomar en cuenta la realidad de las zonas fronterizas y compatibilizar la normativa vigente, en la medida de lo posible, con miras a la implementación del denominado “permiso único andino”.
En otro punto de su intervención, recordó que la Corte Constitucional ya dispuso la regulación de las plataformas digitales destinadas al servicio de transporte de pasajeros.
Por último, se refirió a la propuesta de sancionar las contravenciones desde los gobiernos autónomos descentralizados, categoría A, lo cual podría vulnerar el principio de unidad jurisdiccional. En este sentido, precisó que las boletas de citación no pueden constituirse en títulos de crédito.
AM
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