Proyecto de ley sobre reproducción asistida recibe sustento de la Defensoría del Pueblo y observaciones del INDOT

Jueves, 05 de marzo del 2026 - 12:06 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Comisión del Derecho a la Salud, Defensoría del Pueblo, Proyecto de Ley que Regula las Técnicas y Procedimientos de Reproducción Humana Asistida,

Dentro del trámite para segundo debate del Proyecto de Ley que Regula las Técnicas y Procedimientos de Reproducción Humana Asistida, la Comisión del Derecho a la Salud recibió la explicación de los representantes de la Defensoría del Pueblo. En la sesión también se escucharon las observaciones técnicas del Instituto Nacional de Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células (INDOT).

La iniciativa fue elaborada por la Defensoría del Pueblo en cumplimiento de una sentencia de la Corte Constitucional que ordena al Estado ecuatoriano establecer disposiciones legales para garantizar el acceso a estas técnicas. El secretario general misional de la Defensoría, Rodrigo Varela, explicó que la propuesta busca superar el vacío normativo existente, el cual ha dejado en situación de vulnerabilidad a muchas personas y familias que requieren acceder a procedimientos de reproducción asistida.

Para la elaboración del proyecto se identificaron los principales desafíos en la aplicación de estas técnicas, se revisaron estándares internacionales y jurisprudencia regional, y se desarrollaron espacios de participación con organizaciones sociales, instituciones públicas y representantes de la academia. Estos procesos permitieron incorporar enfoques de derechos humanos, género y diversidad.

La iniciativa establece principios, derechos y obligaciones de las partes involucradas, así como la regulación de los procedimientos de reproducción asistida en establecimientos de salud públicos y privados. Entre los aspectos centrales se incluyen el consentimiento informado, libre y voluntario; la definición de los sujetos de derecho -personas usuarias, donantes, gestantes subrogadas y personal de salud-; y mecanismos de supervisión estatal para garantizar servicios seguros, transparentes y con protección jurídica.

Por su parte, el director ejecutivo del INDOT, Bernardo Darquea, presentó observaciones de carácter técnico y jurídico. Señaló que, de acuerdo con la Ley Orgánica de Donación y Trasplante de Órganos, Tejidos y Células, las disposiciones de esta normativa no se aplican a espermatozoides ni óvulos, por lo que la reproducción humana asistida no se encuentra dentro de las competencias del instituto. Explicó que la actividad trasplantológica tiene como finalidad preservar la vida o restaurar funciones vitales mediante la sustitución de órganos o tejidos, mientras que la reproducción asistida tiene como objetivo la procreación y la formación de una familia, por lo que se trata de ámbitos distintos desde el punto de vista médico, jurídico y ético.

En este contexto, se recomendó que el proyecto de ley ratifique expresamente que el INDOT no tiene competencia sobre gametos, embriones ni procedimientos reproductivos. Además, se planteó que la regulación de estas técnicas sea asignada al Ministerio de Salud Pública, como autoridad rectora en materia de salud sexual y reproductiva.

Al cierre de la sesión, el presidente de la comisión, Juan José Reyes, solicitó que las observaciones sean remitidas a la mesa para el respectivo análisis jurídico y técnico dentro del proceso legislativo.

RSA

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