Las reformas al Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia tienen por objeto visibilizar, involucrar y poner en práctica el principio constitucional que incluye a los niños y adolescentes con discapacidad, porque si bien el Código de la Niñez protege a los niños, estaban fuera los niños y adolescentes con discapacidad o enfermedades catastróficas, expresó la asambleísta Zobeida Gudiño, presidenta de la Comisión de Derechos Colectivos.
Indicó que con la reforma el juez podrá valorar, de manera adicional, una pensión para estas personas, porque no es lo mismo tener un niño con discapacidad severa que cuidar un niño que no tiene ninguna discapacidad.
Los cien dólares que al momento sirven de base para la pensión alimenticia pueden permitir cubrir sus necesidades básicas, no así una persona con discapacidad, subrayó la legisladora, al reiterar que el artículo 15 del proyecto deja claro que el juez debe considerar el tipo de discapacidad que tenga el alimentado para fijar la pensión.
Agregó que también se está reconociendo a los niños que nacen con enfermedades catastróficas que tendrían una pensión diferenciada.
Inclusión al sistema nacional de educación
Sobre el articulado referente a los derechos a la educación de niños y adolescentes que padecen algún tipo de discapacidad, se está planteando el principio de inclusión dentro del sistema nacional de educación que puedan ingresar, permanecer y culminar sus estudios, sin considerar el nivel o el porcentaje de discapacidad; además se establece con claridad que el padre o la madre del niño o adolescente con discapacidad decidirán si va o no a la escuela especial.
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