La Comisión de Fiscalización y Control Político inició el análisis del proceso del concurso de oposición y méritos para la selección y designación para la renovación parcial de las y los consejeros del Consejo Nacional Electoral. Para ello, escuchó los informes del presidente del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, Fernando Cedeño y a Edwin Alvarado, titular de la Comisión Ciudadana de Selección.
Fernando Cedeño señaló que las competencias de esta institución están determinadas en la Constitución y en la Ley del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, que establecen entre otros aspectos, que organizarán el proceso y vigilará la transparencia en la ejecución de los actos de las comisiones ciudadanas de selección y se encargará de llevar a cabo los concursos públicos de oposición y méritos con postulación, veeduría y derecho a impugnación ciudadana.
El funcionario dio a conocer los diferentes pasos realizados para llegar al concurso de renovación parcial de los miembros del Consejo Nacional Electoral. Informó que el 2 de abril convocaron a conformar las veedurías ciudadanas, posteriormente posesionaron al equipo técnico que calificó y supervisó el proceso. Aquí se designa un notario público, para que dé fe de lo actuado.
El 16 de abril se realizó el sorteo y el 4 de de mayo la convocatoria pública para conformar la Comisión Ciudadana de Selección. Dijo que es un concurso de méritos, con reglamento, y en la que los ciudadanos pueden postularse.
Se aprobó el informe de admisibilidad, el informe de reconsideraciones en caso que los hubiera y al final la calificación de mérito y acciones afirmativas. El 11 de julio se realizó la convocatoria a escrutinio público e impugnación ciudadana (15 hombres, 15 mujeres mejor puntuados y 10 delegados de las Funciones del Estado; la posesión de las y los comisionados ciudadanos de selección se llevó a efecto el 12 de agosto.
La comisión ciudadana de selección está integrada por 10 miembros, 5 provenientes de cada una de las funciones del Estado y 5 de organizaciones sociales y de la ciudadanía escogidos mediante un proceso de selección en concurso de méritos.
Mencionó entre las atribuciones de la Comisión Ciudadana de Selección la de realizar el concurso público de méritos y oposición; calificar y resolver sobre los requisitos, prohibiciones, méritos, acción afirmativa y prueba de oposición.
Además conocer y resolver las reconsideraciones sobre el cumplimiento de requisitos; sobre la recalificación de las fases de méritos y acción afirmativa; y la fase de oposición, presentadas por las y los postulantes.
En las dos últimas etapas de admisibilidad el Pleno del CPCCS convocará a los postulantes a rendir la prueba de oposición que se calificará sobre un total de 50 puntos y por último procederá a designar a las y los consejeros principales y suplentes respetando el orden de calificación e integración.
Mientras tanto, Edwin Alvarado manifestó que a su organismo le corresponde la operatividad del concurso y dio a conocer detalladamente un informe de gestión en cada una de las etapas de este proceso.
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