Ley de Servicio Público elimina burocracia: Nivea Vélez

Jueves, 10 de junio del 2010 - 18:18 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

La presidenta de la Comisión de los Derechos de los Trabajadores y Seguridad Social, al defender el informe para segundo debate del proyecto de Ley de Servicio Público, subrayó que la propuesta defiende el ingreso del servidor público por concurso de méritos y oposición, por lo tanto nadie podrá ingresar al sector público por “palancas, ni a dedo”, eliminándose de esta manera la burocracia.

La Ley, entre otros aspectos, prohíbe el nepotismo, declarándose nulos los nombramientos y la destitución del nombrado y la autoridad será solidaria con el pago indebido; así como el pluriempleo, exceptuándose a los docentes universitarios y los profesionales de las orquestas sinfónicas.

Dijo que la normativa permite garantizar los servicios de óptima calidad en el sector público; así como la estabilidad, formación y capacitación por parte del Estado; protección y garantías cuando se denuncie actos de corrupción.

Jornadas de trabajo

Establece la jornada ordinaria de trabajo de 8 horas con descanso de un período hasta de dos horas; la especial cuando se requiere de turnos especiales y otra para aquellas personas que efectúen trabajos peligrosos, en ambientes insalubres, con horarios nocturnos, con igual remuneración.

Se determinan las licencias con remuneración (sin descuentos a vacaciones): 3 meses por enfermedad; 6 meses por enfermedades catastróficas; igualmente la comisión de servicio con sueldo hasta por dos años para instituciones del Estado; comisión de servicios sin remuneración hasta por seis años durante su carrera administrativa. Igualmente estipula los intercambios voluntarios de puestos.

El organismo rector será el Ministerio de Relaciones Laborales, el que dirigirá la administración en recursos humanos, las políticas de Estado en administración de recursos humanos y el estudio técnico de gestión en esta materia.

Garantiza la formación hasta el cuarto nivel según el Plan Nacional de Formación; y, la capacitación, titulación en los institutos que operen bajo acuerdos con el Estado.

Permisos

Concede 2 horas de permiso para estudios regulares; permiso para los directivos de las asociaciones en base al plan de trabajo; dos horas para el cuidado de familiares directos que tengan discapacidades severas o enfermedades catastróficas.

Se establecen contratos ocasionales hasta 12 meses de plazo (no renovación); no pueden ser consideradas para la supresión de cargos las personas con discapacidad.

Evaluaciones

En cuanto a las evaluaciones de los servidores públicos, la normativa prevé que podrán conocer los objetivos de la evaluación; en 8 días conocer los resultados; 8 días para la reconsideración; si su resultado fue regular tendrá derecho a ser capacitado para una nueva evaluación; y si es insuficiente será nuevamente evaluado.

Bono geográfico

Prevé una bonificación geográfica, en circunstancias de difícil acceso; así como una remuneración variable por eficiencia, derivados de la productividad, rendimiento del desempeño, cumplimiento de objetivos.

Indemnización

De suscitarse el fallecimiento o incapacidad total o permanente, la servidora o el servidor o sus herederos, según el caso, serán indemnizados de acuerdo con los límites y cálculos establecidos para la supresión de puestos.

Jubilación y supresión de partidas

Para efectos de la Jubilación y supresión de partidas se determinan 7 salarios por cada año y hasta 210 salarios.

Discapacidad

Se determina el ingreso del 5%, de las personas con discapacidades, del total de los servidores que conforman la institución pública, en labores permanentes y multa para la autoridad que no cumpla.

Los gobiernos autónomos gozarán de autonomía administrativa y financiera, y se considerará las realidades de cada uno de los gobiernos autónomos.

RSA/pv

 

 

 

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