Pleno aprobó proyecto para justicia laboral y reconocimiento del trabajo en el hogar

Martes, 14 de abril del 2015 - 20:28 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Pleno aprobó proyecto para justicia laboral y reconocimiento del trabajo en el hogar

En dos jornadas de trabajo, el Pleno de la Asamblea, con 91 votos afirmativos aprobó el proyecto de Ley Orgánica para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar, que reforma el Código de Trabajo, la Ley de Seguridad Social y la Ley de Servicio Público; elimina el trato discriminatorio e incluso atentatorio que regía para las personas que realizaban trabajo remunerado en el hogar y se derogan las disposiciones del Código del Trabajo donde el empleado doméstico para renunciar, debía pedirle permiso a su empleador.

En el tema del establecimiento del contrato de plazo indefinido como modalidad principal de trabajo, se fija que el mismo empiece su vigencia desde el 1 de enero de 2016. En este tiempo las empresas y empleadores mejorarán sus procesos de selección y reclutamiento de personal.

El proyecto de ley incorpora un concepto fundamental que es la economía del cuidado, para ello se reconoce el trabajo no remunerado en los hogares y además se establece un financiamiento solidario proveniente de dos fuentes: la familia y el Estado, al ser ambos beneficiarios directos de dicho trabajo.

El régimen de seguridad social de las amas de casa garantiza el pago de pensiones por incapacidad total, parcial, viudedad y vejez.

El estudio de sostenibilidad de la inclusión de las personas trabajadoras no remuneradas del hogar, basado en los modelos que utiliza la Organización Internacional del Trabajo (OIT), señala que la propuesta es autosustentable y dispone de sostenibilidad para 40 años.

Sobre la contribución del Estado para pensiones en curso de pago,  el Estado Central garantizará las pensiones y será responsable subsidiario cuando el IESS lo necesite.

El proyecto de Ley de Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar no plantea la eliminación de la contribución del 40% de las pensiones en curso de pago. La reforma está orientada a que el Estado garantice el pago de las pensiones independientemente de su monto, pero cuando sea necesario, es decir que la contribución no se fije de manera previa, pues algunos años, esta será superior y en otros, inferior.

Señala que todos los años se mantendrán incrementos de las pensiones de acuerdo al porcentaje de la inflación.

El trabajador tendrá la facultad para escoger la periodicidad para recibir el décimo tercer y décimo cuarto sueldos y si deciden depositar sus dineros en cualquier entidad financiera, bajo la modalidad de ahorro programado, al final siempre recibirán el ahorro, más los respectivos intereses.

Según la ley, se acabará la estrategia de los malos empleadores, que hacían firmar a sus trabajadores la renuncia anticipada, para no pagarles el desahucio, de modo que todos los trabajadores que de mutuo acuerdo salgan de sus trabajos recibirán este beneficio incluido en el cálculo de su liquidación.

En referencia a los dineros que administran los sindicatos, dispone que los dirigentes sindicales, no solo informarán, sino también serán responsables ante sus compañeros trabajadores del manejo y correcta utilización de los mismos.

Asimismo, sobre las utilidades, el techo operará para el año 2016, es decir, el límite a las utilidades se apreciará cuando las mismas sean pagadas en abril del 2017.

Según el proyecto, se elimina la carga administrativa innecesaria que tiene el Ministerio de Trabajo, que actualmente gasta muchos recursos humanos y económicos registrando contratos, nóminas de trabajadores y empleadores, ahora solo se registrarán aquellos documentos estrictamente necesarios.

El Ministerio de Trabajo podrá acelerar la tramitología de desahucios, vistos buenos, resolver con celeridad los conflictos individuales y colectivos de trabajo, y sobre todo, destinará de mejor manera a los servidores públicos, para efectuar las respectivas inspecciones de trabajo.

RSA/pv

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