El presidente de la Comisión de Gobierno Autónomos, Richard Calderón, destacó que el proyecto de Ley de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión de Suelo establece mayores instrumentos para que los gobiernos autónomos descentralizados y con mayor atención los municipios puedan desarrollar de mejor manera sus competencias.
Dijo que el documento aborda el concepto de suelo, su clasificación, las formas de su aprovechamiento; los planes de uso y gestión del suelo, además de los planes urbanísticos complementarios.
Desarrolla los instrumentos de ordenamiento territorial que tienen relación con los niveles de planificación: nacional, regional, provincial, cantonal, parroquial rural y de regímenes especiales, así como de planificación supranacional.
Explicó que en la mayor parte de las ciudades del país ha existido un crecimiento desorganizado, lo que ha causado graves problemas de inseguridad, falta de espacios públicos e incluso al acceso a la recreación que determina una adecuada planificación de las ciudades; y, por supuesto una falta de control por parte de las instancias del Estado.
“Solo 10 municipios del país cumplen con la recomendación de la Organización Mundial de la Salud, de tener 9 metros cuadrados por habitantes de espacios verdes; el 70% de las construcciones tienen un alto grado de informalidad; y, un 20 por ciento de los hogares se ubica en asentamientos de alto riesgo, lo que pone en riesgo la vida de muchas personas.
No se existe una articulación en la elaboración de los planes de ordenamiento territorial y a pesar de ser una obligatoriedad el 98% tiene los planes; el 84% tiene un modelo; el 37% tiene planes secundarios, la mitad tiene norma de usos de suelo; un 60% tiene norma de estándar de calidad urbana y solo la tercera parte la realizan de manera articulada.
Gestión del suelo
Se considera con detalle los instrumentos de gestión del suelo, la habilitación del suelo para la edificación y por último la vivienda de interés social.
El ente rector de hábitat y vivienda, como autoridad nacional, además maneja el Catastro Nacional Georreferenciado. Los GAD municipales y metropolitanos emitirán políticas locales; emitirán actos normativos para el uso y gestión del suelo, y para asignar los tratamientos, usos y aprovechamiento; permisos y autorizaciones para habilitación e intervención; efectuarán el control y seguimiento para imponer sanciones administrativas.
Explicó que según el Consejo Técnico de Uso y Gestión del Suelo emitirá las regulaciones nacionales sobre el uso y la gestión del suelo, estándares urbanísticos, mecanismos para la captura de plusvalía y normativa para aplicación en los distintos niveles de gobierno.
Añadió que la Superintendencia de Ordenamiento Territorial y Uso y Gestión del Suelo será el organismo de vigilancia y control de los procesos de ordenamiento territorial de todos los niveles de gobierno.
Diagnóstico
El legislador indicó que en una encuesta que se realizó a la gran mayoría de municipalidades, se encontró una falta de coordinación y articulación entre los diferentes niveles de gobierno: duplicidad de esfuerzos, pérdida de recursos públicos, cumplimiento deficiente de competencias; diversidad de alcances y contenidos para el ejercicio de las competencias de ordenamiento territorial, uso y gestión de suelo.
Igualmente, dijo, que los alcances y contenidos de los planes de ordenamiento, son diversos por lo que se necesita una homologación, estandarización dependiendo de la realidad de cada uno de los territorios, que son parámetros que permitirán ejercer mejor esa competencia de ordenamiento territorial de los gobiernos autónomos descentralizados.
También se advirtió crecimiento desorganizado de la ciudad que pone en peligro la seguridad alimentaria y la naturaleza; configuración de la ciudad por intereses particulares o de ciertos sectores (inmobiliarios y grandes terratenientes); insuficientes herramientas para hacer efectiva la planificación municipal; ciudades inequitativas; segregación espacial de los ciudadanos, falta de servicios básicos, inequidad territorial, asentamientos humanos de hecho; y, falta de control y cumplimiento de los planes de ordenamiento territorial
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