En observancia a lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, la Comisión de Soberanía, Integración, Relaciones Internacionales y Seguridad Integral, inició el trámite del proyecto de Ley Orgánica de Movilidad Humana, presentado por los asambleístas Eduardo Zambrano, Diana Peña, Ximena Peña, Alex Guamán, Dora Aguirre, Esteban Melo y Linda Machuca.
Para dar inicio al proceso de socialización y recibir las observaciones y aportes de distintos sectores, la propuesta cuenta con la Resolución del Consejo de Administración Legislativa (CAL) de la Asamblea Nacional.
El objeto de la ley es establecer el marco jurídico que regule el ejercicio de los derechos y las obligaciones de las personas en movilidad humana como: emigrantes, inmigrantes, retornados, refugiados, apátridas, asilados, víctimas de trata y tráfico, migrantes en situación de vulnerabilidad y personas en tránsito.
La ley se aplicará a las personas en movilidad humana en el exterior y a las que viven directamente la migración internacional en el Ecuador.
Regular el contenido de los derechos y obligaciones de las personas en movilidad humana; normar el ingreso, tránsito y salida de personas del territorio nacional; regular la permanencia temporal o definitiva de extranjeros en el Ecuador; normar el proceso de retorno voluntario de la comunidad ecuatoriana radicada en el exterior; crear las obligaciones de las entidades públicas para la eficiente y eficaz atención a la comunidad migrante; y, establecer medidas para garantizar la prevención y atención a las víctimas de delitos contra la migración, son algunas de las finalidades de este proyecto.
El proyecto además se refiere a los derechos y obligaciones de las personas en movilidad humana; ingreso y salida de personas y control de permanencia en el Ecuador; comunidad ecuatoriana en el exterior; comunidad extranjera en el Ecuador; comunidad ecuatoriana retornada; documentos de viaje y legalización de documentos; naturalización; protección internacional; prevención de la migración riesgosa y de los delitos sobre la migración; atención ciudadana y servicio consular para las personas en movilidad humana; e, institucionalidad de movilidad humana.
Para continuar el trámite, la Comisión de Soberanía socializará la ley en el Ecuador y en los países donde hay presencia de ecuatorianos. Para ello enviará el proyecto a las asociaciones de migrantes y recibirá sus observaciones, además recibirá a representantes de las entidades del sector público, entre otros actores, con el objetivo de construir una ley que garantice, en todas las etapas, los derechos de las personas en movilidad humana.
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