El presidente de la Comisión del Derecho a la Salud, William Garzón, enfatizó que el proyecto de Ley de Prevención Integral del Fenómeno Socio Económico de las Drogas y de Regulación y Control del Uso de Sustancias Catalogadas Sujetas a Fiscalización, enfoca al ciudadano como sujeto de derechos; a las adicciones como un problema de salud pública y dispone la obligatoriedad del Estado en la prevención, integrado necesariamente con temas como social, biopsicosocial, económico, salud pública, seguridad ciudadana, seguridad del Estado.
Explicó que la prevención se encamina desde los ámbitos de la educación, lo laboral, comunitario, familiar y lo recreativo, a la vez que puntualizó que la normativa está legitimada en instrumentos internacionales, por ello hizo un llamado a apoyar este paso necesario no solo en el ámbito legislativo sino en el socioeconómico.
Argumentó que la legislación nacional aún no ha recogido estos avances constitucionales y se ha mantenido vigente la Ley de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas que regula la materia en nuestro país y cuyo objetivo es “combatir y erradicar la producción, oferta, uso indebido y tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas…”, lo que demuestra claramente el enfoque represor con el que se desarrolló.
Advirtió que con la aplicación de la política actual se ha tenido como resultado más violencia, cárceles saturadas, pérdida de soberanía, deterioro ambiental, aumento de consumidores.
Contenido
Explicó que el proyecto dispone el uso limitado de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización y medicamentos que las contengan (terapéutico, industrial, investigación científica, adiestramiento) y prevé una transición institucional del CONSEP a Secretaría Técnica de Drogas; el plazo para el ejercicio de las competencias para el control de medicamentos que contengan psicotrópicos o estupefacientes por la Autoridad Sanitaria; y, traspaso de bienes a la entidad encargada de la administración y gestión inmobiliaria del Estado.
Igualmente, faculta a la Autoridad Sanitaria Nacional que emita la regulación para fijar las cantidades máximas admisibles de tenencia o posesión de sustancias estupefacientes y psicotrópicas para consumo personal.
Reforma el artículo 220 del Código Orgánico Integral Penal y endurece las penas para la mínima y mediana escala en el delito de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas. Mínima escala de uno a tres años; mediana escala de tres a cinco años.
Permite prisión preventiva para asegurar la comparecencia de la persona procesada al proceso y el cumplimiento de la pena.
William Garzón informó que el proyecto promueve la cultural de paz y seguridad ciudadana dentro del marco del buen vivir. Los centros terapéuticos contarán con profesionales especializados, protocolos de buenas prácticas y programas de atención.
Las acciones de reducción de riesgos y daños contarán con información técnica oportuna que promueva una reducción integral. Para el caso de personas mayores de edad el tratamiento será voluntario, salvo los casos previstos en la ley, añadió.
Así mismo, sostuvo las personas no podrán ser discriminadas, estigmatizadas o criminalizadas por su condición de usar o consumir cualquier tipo de drogas.
La norma que contiene 5 capítulos, 6 secciones, 43 artículos, 8 disposiciones generales, 15 disposiciones transitorias, 2 disposiciones reformatorias, 4 disposiciones derogatorias y 1 disposición final, se socializó en Quito, Santo Domingo, Guayaquil, Naranjito, Cuenca y Huaquillas.
Previo a la elaboración del informe la comisión consultó a diversas instituciones como el Consep, Senplades, Senescyt, Ministerio de Salud, Ministerio de Educación, Ministerio de Justicia.
Además participaron en el análisis del proyecto organizaciones como Diabluma, Ecuador Canábico, Fundaciones Juveniles, Ramphastos.
RSA/pv