El miércoles proseguirá análisis de observaciones a proyecto de Economía Popular

Lunes, 07 de diciembre del 2015 - 19:59 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Asambleísta Virgilio Hernández, presidente de la Comisión de Régimen Económico - Foto Archivo

El presidente de la Comisión de Régimen Económico, Virgilio Hernández, anunció que el miércoles 9 de diciembre, proseguirá el estudio de las observaciones al proyecto de reformas a la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria, que busca un enfoque integral que permite impulsar a todos los sectores de la economía popular y solidaria.

Se analizan temas relacionados con el registro y catastro público. En la propuesta se especifica que la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria mantenga un catastro que contenga al menos la nómina de organizaciones constituidas, nómina de organizaciones intervenidas, en proceso de liquidación y liquidadas, nómina de integrantes de órganos directivos y de administración.

Según la propuesta, el catastro debe estar actualizado, será público y de fácil consulta. La información del catastro deberá estar disponible en la web. Las personas y organizaciones amparadas por esta ley, deberán inscribirse en el Registro Público que estará a cargo del ministerio de Estado que tenga a su cargo los registros sociales. El registro habilitará el acceso a los beneficios de la ley.

Se establece que las Unidades Económicas Populares, deben inscribirse en el registro público, mismo que permitirá el acceso a los beneficios. Anualmente la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria informará a través de su página web las actividades realizadas.

En cuanto al capital semilla, prevé que el Estado Central y los gobiernos autónomos descentralizados podrán realizar aportes de recursos económicos no reembolsables destinados a la creación, implementación, desarrollo y ampliación de los emprendimientos económicos implementados por los actores de la economía popular y solidaria en beneficio directo de las actividades productivas de la colectividad. Los grupos de atención prioritaria serán sujetos de preferencia en la orientación del capital semilla.

Respecto al sector comunitario se establece que estarán sujetas a acompañamiento y no a control y que no se requerirá poseer tierras colectivas para constituirse como organización del sector comunitario.

Precisa que el sector asociativo está conformado por personas naturales o jurídicas constituidas jurídicamente bajo la figura de asociación, con el objeto de producir, comercializar y consumir bienes y servicios lícitos, autoabastecerse de materia prima, insumos, herramientas, tecnología, equipos y otros bienes y servicios, o comercializar su producción en forma solidaria y auto gestionada. Se pueden constituir asociaciones en cualquiera de las actividades económicas, con excepción de obtención de vivienda, ahorro y crédito y transportes.

JLVN/pv

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