Patricio Donoso propone cambiar artículos sobre sanciones para agentes de aduana

Lunes, 28 de diciembre del 2015 - 08:51 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa
Asambleísta Patricio Donoso - Foto Archivo

Dos artículos del Código de la Producción, Comercio e Inversiones propone modificar el asambleísta Patricio Donoso, mediante un proyecto de ley. Estos están relacionados con el régimen sancionatorio para el ejercicio de la actividad de los agentes de aduana. Explica que la ley faculta al Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) para que expida decretos a discreción de los funcionarios de turno.

Los artículos que se cambiarían son el 193 y el 229. El primero se encuentra en el capítulo de las faltas reglamentarias, del título relacionado con las infracciones aduaneras. El legislador plantea cambiar el texto del literal d. En este apartado la ley actual determina que constituyen faltas reglamentarias el incumplimiento de las disposiciones establecidas en el reglamento de este Título o a los reglamentos que expida las Directora o Director del SENAE. En este literal Donoso considera que la falta reglamentaria debe ser únicamente por el incumplimiento de las disposiciones establecidas en el reglamento de este título, que para el efecto expida el Presidente de la República.

En el título quinto sobre los auxiliares de la administración aduanera, el parlamentario propone reformar los literales a y c del artículo 229, en el cual se determina que los agentes de aduana están sujetos a sanciones por haber sido sancionado en tres ocasiones por falta reglamentaria, por el incumplimiento del reglamento de este título o a los reglamentos que expida la Directora o Director del SENAE. Aquí sugiere que debe quedar solo el primer motivo, es decir, haber sido sancionado en tres ocasiones por falta reglamentaria.

Así mismo, según el literal c, la sanción también está determinada por el incumplimiento de las obligaciones previstas para los Agentes de Aduana en el Reglamento del presente Código y en el reglamento que regule la actividad de los agentes dictados por la Directora o Director General, cuando, de acuerdo con Donoso, debería ser por el incumplimiento de las obligaciones previstas para los Agentes de Aduana en la ley, según el Reglamento expedido por el Presidente de la República.

El Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones entró en vigencia en diciembre del 2010 y tiene por objeto regular el proceso productivo en las etapas de producción, distribución, intercambio, comercio, consumo, manejo de externalidades e inversiones productivas orientadas a la realización del Buen Vivir. También busca generar y consolidar las regulaciones que potencien, impulsen e incentiven la producción de mayor valor agregado, que establezcan las condiciones para incrementar productividad y promuevas la transformación de la matriz productiva.

LM/pv

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