La planificación legislativa es parte del cambio que ofrecimos a la ciudadanía: Fernando Cordero

Martes, 24 de agosto del 2010 - 18:18 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

“Hemos informado al país sobre lo que realizamos en este primer año de gestión. Ahora corresponde compartir con la gente lo que está en plena ejecución, a través de un plan legislativo, que es parte del cambio que ofrecimos a la ciudadanía, plan que no solo incluye la creación de nuevas leyes, sino reformar algunas existentes, compilarlas en códigos que faciliten su conocimiento y derogar aquellas que están obsoletas o en clara contradicción con la Constitución”, enfatizó el presidente de la Asamblea Nacional, Fernando Cordero Cueva.

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Explicó que “la propia Constitución hizo un ejercicio de planificación legislativa al determinar que en el plazo de un año aprobemos 20 leyes fundamentales para desarrollar el texto constitucional, de las cuales hemos aprobado 16 y restan cuatro cuyo trámite aún no concluye, ya sea porque se requiere un proceso de consulta prelegislativa, como en el caso de las leyes de Recursos Hídricos, de Educación General y de Cultura, o porque se están afinando algunos aspectos para permitir consensos, en la Ley de Comunicación”.

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Igualmente, dijo, la norma suprema determina que la primera legislatura, es decir en los cuatro años para los que fuimos elegidos en el 2009, se aprueben todas las leyes que sean necesarias para desarrollar el texto constitucional. “No pretendemos que cuatro años sean suficientes para hacerlo, pero creo que haremos nuestro mejor esfuerzo por dictar las leyes que el país necesita, sobre todo con una nueva forma de legislar, para y con la gente, en un proceso de participación permanente de la ciudadanía”, añadió.

Herramienta técnica

Aseguró que el Plan Legislativo 2010-2013, considerado como una herramienta técnica, flexible y permeable a la coyuntura política, parte de una propuesta colectiva, no solo de los legisladores, sino de los diversos sectores involucrados, incluidos el Ejecutivo y las demás funciones del Estado, la ciudadanía en general, que a través de un proceso de consulta directa a más de 25 mil ciudadanos; se recogieron propuestas; más 569 iniciativas legislativas, que fueron sometidas a un exhaustivo análisis, identificación y clasificación temática. Hay en vigencia 653 leyes y sus 149 reglamentos.

La investigación y recolección se completó con propuestas normativas de los diferentes actores políticos interesados en el proceso legislativo: se identificaron 257 iniciativas legislativas de las y los asambleístas; 33 enviadas por las y los actuales asambleístas miembros del Consejo de Administración Legislativa de la Asamblea Nacional (CAL); 16 de las Comisiones Especializadas; y 51, de las bancadas legislativas.

Además se consideraron 37 iniciativas de los Ministerios y Secretarías de Estado; 16 de las Universidades y Escuelas Politécnicas; y, 50 propuestas por la ciudadanía que participó activamente en la campaña pública que llevó adelante la Asamblea Nacional en todo el país: ‘LEYES PARA EL PAÍS QUE SOÑAMOS’.

También se consideraron los requerimientos normativos de la Constitución, que asciende a 32 y el Plan Nacional de Desarrollo 2009-2013, que suman 38. Se acogieron, además, las propuestas de los candidatos a asambleístas, tanto de quienes ganaron las elecciones, cuanto de los que perdieron, con lo cual se propone el Plan Legislativo para discusión, elaboración y expedición de 31 temas legislativos, relacionados con 18 códigos, 11 leyes; y, dos reformas legales, que se resumen en 14 áreas normativas.

Insistió en que la creación de códigos que recogen dos o más leyes en un solo cuerpo, facilita la compresión, no solamente de los abogados, legisladores, funcionarios públicos y personas interesadas en la legislación, sino de la ciudadanía en general, dado que uno de los problemas que ha tenido el Ecuador es la dispersión legislativa, que ha convertido al ordenamiento jurídico en una verdadera maraña, en un bosque difícil de desbrosar, por lo que el plan incluye la deslegislación o depuración de 1.500 normas en desuso o en contradicción con la Carta Magna. De esta manera será más fácil entender la relación entre el Estado y la sociedad, añadió.

Debate oportuno

De otro lado, destacó como positivo que el anteproyecto de Código de la Producción entregado por la ministra Coordinadora de la Producción, Nathalie Cely, que fue distribuido a los asambleístas haya generado un amplio debate aún antes de que sea oficialmente enviado al Presidente de la República para que, a su vez, lo remita a la Asamblea. “Esta es una nueva forma de legislación, que nunca antes se vio en tiempos del antiguo Congreso. Al analizar un documento borrador todos los sectores legislativos y quienes están inmersos en la actividad productiva pueden exponer sus puntos de vista y discrepar de las ideas expuestas por los ministros de Estado, para que algunas disposiciones o artículos sean eliminados, ampliados o mejorados en la redacción final del proyecto”, agregó.

Reiteró que es un documento borrador, por lo que no se justifican algunos reparos formulados por productores, ya que están en plena facultad de presentar sus observaciones a la propuesta para que sean consideradas en el proyecto definitivo.

Temas y proyectos

De esta manera, la Asamblea Nacional propone a las ciudadanas y ciudadanos la discusión de 31 temas legislativos, agrupados en 14 áreas normativas:

1. En lo público: Código de Administración Pública: Para regular el régimen administrativo del Estado, en relación a la organización, jurisdicciones, competencias, atribuciones y procedimientos del sector público; Código de la Vivienda: norma la producción de vivienda, procesos de adquisición del suelo, desarrollo de infraestructura; así como permisos y licencias de construcción, edificación, la titulación, arrendamiento, comercialización y financiamiento; Ley de Aduanas: orientada a regular en forma objetiva y ordenada las relaciones jurídicas entre el Estado y las personas que operan en el tráfico internacional de mercancías dentro del territorio aduanero.

También la Ley de Ciencia y Tecnología: establece las normas básicas para la formulación de políticas, desarrollo, organización y utilización de los recursos científicos y tecnológicos; Ley de Telecomunicaciones: orientada a normar en el territorio nacional la instalación, operación, utilización y desarrollo de toda transmisión, emisión o recepción de signos, señales, imágenes, sonidos e información de cualquier naturaleza por hilo, radioelectricidad, medios ópticos u otros sistemas electromagnéticos.

Ley del Sistema Descentralizado de Gestión de Riesgos: su objetivo es establecer los principios, directrices, políticas, obligaciones, responsabilidades y niveles de participación de los sectores público y privado en la gestión de riesgos frente a posibles desastres naturales; Ley General de Transporte: con el fin de organizar, planificar, fomentar, regular, modernizar y controlar el transporte terrestre, aéreo, marítimo y fluvial dentro del territorio ecuatoriano; y, Reformas a la Ley de Propiedad Intelectual: para garantizar el reconocimiento de la propiedad intelectual, prohibiendo especialmente toda forma de apropiación de conocimientos colectivos, en el ámbito de las ciencias, tecnologías y saberes ancestrales; así como la apropiación de recursos genéticos que contienen la diversidad biológica y la agro-biodiversidad.

2. En lo ambiental: Código Ambiental: enfocado a establecer los principios y directrices de la política ambiental; y, las obligaciones, responsabilidades y niveles de participación de los sectores público y privado en la gestión ambiental, señalando los límites permisibles, controles y sanciones.

3. En lo agropecuario: Código de Desarrollo Agrario: para el fomento, desarrollo y protección integrales del sector agropecuario, en el marco del manejo sustentable de los recursos naturales y el ecosistema.

4. En lo civil: Código de Ejercicio Profesional: regulará el ejercicio profesional del conjunto de profesionales liberales; Código de la Familia, Niñez y Adolescencia: para establecer el régimen jurídico de protección del núcleo familiar y sus componentes; Código de Procedimientos Civiles, Contenciosos y Administrativos: su objetivo, modernizar los procedimientos en las áreas civil y contencioso administrativa; Ley de Libertad Religiosa: regulará las actividades religiosas y de culto en el territorio nacional.

5. En lo penal: Código de Garantías Penales: establecerá el régimen jurídico penal, su procedimiento y la ejecución de penas.

6. En lo mercantil: Código de la Producción: regulará, fomentará y promoverá las actividades de la industria, pequeña industria, artesanía y comercio exterior; Ley de Compañías: la norma para establecer el régimen jurídico que rige las diferentes formas de actividad societaria en el país; Ley de Derechos del Consumidor: garantizará la protección jurídica de las y los consumidores; Ley de Juegos de Azar, Rifas y Sorteos: destinada a definir las políticas del Estado y el régimen normativo de regulación y control de estas actividades; Ley de Turismo: pensada para regular, fomentar y promover las actividades turísticas a nivel nacional; y, Reformas a la Ley de Vigilancia y Seguridad Privada: normará en forma adecuada los servicios de prestación de seguridad privada en el país.

7. En salud pública: Código de la Salud: su razón es establecer un régimen normativo que garantice a la población su derecho a la salud y la adecuada prestación de los servicios relacionados con esta materia; y, Código de Seguridad Social: garantizará el acceso universal de la población a las prestaciones y beneficios de la seguridad social.

8. En gestión pública: Código de Planificación y Finanzas Públicas: orientado a establecer normas adecuadas respecto de los requerimientos de planificación del Estado y su manejo presupuestario.

9. En lo bancario: Código de Régimen Financiero: regulará las diferentes actividades de las instituciones financieras públicas y privadas.

10. En lo internacional: Código de Relaciones Internacionales: normará los procesos relacionados con el servicio exterior del Estado, servicio diplomático, movilidad humana, extradición, extranjería y naturalización.

11. En lo laboral: Código de Relacionales Laborales: tiene el propósito de normar las relaciones de trabajo entre sus diferentes actores.

12. En lo energético: Código de Soberanía Energética: Definirá el régimen jurídico de los recursos energéticos, renovables y no renovables en el país.

13. En las Fuerzas Armadas: Código de la Fuerza Pública: para establecer el régimen jurídico de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional; y, Ley de Defensa Nacional: orientada a adecuar la normativa relacionada con la defensa del territorio nacional a los preceptos constitucionales vigentes.

14. En división territorial: Código Territorial: su objetivo es establecer el régimen territorial ecuatoriano y sus regímenes especiales.


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