La Comisión de los Derechos de los Trabajadores y la Seguridad Social considera que si bien el Ejecutivo en el veto amplía el ámbito de aplicación de la ley y advierte la necesidad de contar con un organismo rector, también es cierto que la Constitución ha determinado ciertas especificidades necesarias para asegurar el funcionamiento democrático del Estado, por que ha creído necesaria asegurar la independencia y autonomía entre las diferentes funciones del Estado, por tanto recomienda ratificar el texto original. Descargue aquí el Informe no vinculante de la Comisión Especializada Permanente de los Derechos de los Trabajadores y la Seguridad Social, sobre la objeción parcial del señor Presidente Constitucional de la República a la Ley Orgánica de Servicio Público.En el informe se manifiesta que el veto propone modificaciones que se ven innecesarias, como es la sustitución de los términos trabajadoras y trabajadores por obreras y obreros respecto y desde la lógica de la Constitución que declara al Ecuador un Estado Constitucional de derechos y justicia. Al hacer referencia al trabajador, la Ley intenta abarcar a toda persona que no siendo servidores públicos, realizan funciones, que no son solo de trabajo manual, por lo cual se ratifica en el texto aprobado por el Pleno.
La Comisión se allana a la objeción del Ejecutivo, respecto la posibilidad de incorporar en calidad de servidores o servidoras públicas a personas extranjeras, bajo ciertas condiciones, el mismo que mejora sustancialmente la propuesta al aclarar el procedimiento.
Además, en el veto que permite una mejor comprensión de los alcances que tiene el nepotismo, no solo respecto de las autoridades nominadoras de las instituciones públicas sino también en torno a los cuerpos colegiados, las autoridades de control y otros que permiten de forma adecuada avanzar en el propósito de contar con un servicio público transparente, eficiente y respetuoso de todos los ciudadanos.
La comisión advierte que el Ejecutivo propone dar al Ministerio de Relaciones Laborales facultades de regulación y control sobre otras funciones del Estado y sobre los Gobiernos Autónomos Descentralizados. La autonomía de éstos está garantizada constitucionalmente por lo que se recomienda ratificarse en el texto original.
Señaló que el mandatario en la objeción propone cancelar los beneficios laborales tales como las compensaciones por retiro, eliminación o supresión de partidas y otros, con bonos del Estado, por ser inconstitucional y violatorio de derechos fundamentales consagrados en la Constitución y de acuerdos internacionales suscritos y ratificados por el Ecuador, por lo que la Comisión propone ratificarse en el texto original.
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