Ángel Torres, en representación de la Asociación de Municipalidades del Ecuador, ante la Comisión de Régimen Económico, pidió que en el proyecto de Ley Solidaria y Corresponsabilidad se incluya una transitoria, a efectos de que el Banco del Estado condone las obligaciones crediticias asumidas por los gobiernos autónomos descentralizados de las circunscripciones afectadas por el terremoto, cuando las obras o la infraestructura financiada hubiese sido completamente destruida o si los daños fueran parciales.
En este marco planteó que el banco congele los intereses y suspenda el pago del capital e intereses hasta un máximo de dos años, según la gravedad del daño y la capacidad de recuperación estimada.
Dijo que en buena medida los créditos otorgados por el Banco del Estado a los gobiernos autónomos descentralizados están orientados a financiar la construcción de obra e infraestructura destinadas a la prestación de servicios públicos que se encuentran afectados por el terremoto. Además de manera regular su pago se financia con el cobro de tasas o contribuciones especiales de mejora por parte de los usuarios de los servicios, cuyos ingresos se han visto severamente afectados, añadió.
De otra parte, señaló que las circunstancias obligan a las instituciones del Estado a priorizar el financiamiento de la reconstrucción de obras, infraestructura física y equipamiento comunal, a fin de asegurar la dotación de servicios públicos tales como agua potable, alcantarillado, la reconstrucción de vías y espacios públicos.
Finalmente, expresó que por las razones anotadas se justifica la necesidad de legislar para que el Banco del Estado condone las obligaciones crediticias cuando la infraestructura construida se encuentre totalmente destruida o congele el pago de capital e intereses de obligaciones crediticias actuales si los daños son parciales, a fin de liberar recursos económicos que puedan ser destinados a proyectos de reconstrucción de infraestructura para la prestación de servicios públicos domiciliarios.
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