Los asambleístas Mauricio Proaño y Rosa Elvira Muñoz, vicepresidente y vocal de la Comisión de Soberanía Alimentaria y Desarrollo del Sector Agropecuario y Pesquero, respectivamente, tienen previsto socializar en la provincia de Chimborazo las leyes de Tierras Rurales y Territorios Ancestrales y de Recursos Hídricos, Uso y Aprovechamiento del Agua.
Esta actividad se cumplirá mañana, a partir de las 09:00, en la Junta General de Riego de la parroquia Cebadas. Estarán presentes representantes de los gobiernos autónomos descentralizados, sectores campesinos y organizaciones sociales.
La asambleísta Rosa Elvira Muñoz informó que Cebadas es una parroquia perteneciente al cantón Guamote, de la provincia de Chimborazo. El 90% corresponde a población rural indígena y el 10% restante son mestizos.
Dijo que el objetivo de este encuentro es dar a conocer a los pobladores y autoridades del sector el alcance y beneficios de las leyes aprobadas por la Asamblea Nacional, a fin de que se empoderen de las mismas, conozcan sus derechos y al mismo tiempo expongan sus inquietudes y propuestas.
La parlamentaria recordó que la Ley de Aguas garantiza el derecho humano al agua, regula y controla la autorización, gestión, preservación, conservación, restauración de los recursos hídricos, uso y aprovechamiento del agua, la gestión integral y su recuperación, en sus distintas fases, formas, estados físicos, para garantizar el sumak kawsay o buen vivir y los derechos de la naturaleza establecidos en la Constitución.
Al referirse a la Ley de Tierras Rurales y Territorios Ancestrales precisó que se norma el uso y acceso a la propiedad de la tierra rural, el derecho a la propiedad de la misma que deberá cumplir la función social y ambiental. Regula la posesión, la propiedad, la administración y redistribución de la tierra rural como factor de producción para garantizar la soberanía alimentaria, mejorar la productividad, propiciar un ambiente sustentable y equilibrado y otorgar seguridad jurídica a los titulares de derechos.
Además esta ley garantiza la propiedad de las tierras comunitarias, el reconocimiento, adjudicación y titulación de tierras y territorios de comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, pueblo afroecuatoriano y montubio, de conformidad con la Constitución, convenios y demás instrumentos internacionales de derechos colectivos
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