La legisladora ecuatoriana Gina Godoy Andrade, integrante de la Comisión de Justicia y Estructura del Estado, participa junto al ministro de Relaciones Exteriores, Guillaume Long, en el 117 Período de Sesiones del Comité de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas, que se desarrolla en Ginebra – Suiza.
Gina Godoy es delegada por la Asamblea Nacional en la presentación del Sexto Informe de Ecuador en relación al cumplimiento del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
La discriminación contra la mujer, fue uno de los temas que abordó Gina Godoy. Allí destacó que la Asamblea Nacional ha aprobado 80 leyes de las cuales 43 contienen disposiciones para garantizar el derecho a la igualdad, proteger los derechos de las mujeres y promover la igualdad de género, que incluye las disposiciones previstas en la Convención sobre la Eliminación de toda forma de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), a la vez que resaltó que con estas acciones la Asamblea contribuyó a la plena vigencia y respecto de los derechos humanos en el Ecuador.
Entre las leyes aprobadas mencionó el Código Orgánico Integral Penal, en el que por primera vez en el Ecuador se tipifica y sanciona el delito de femicidio, con sus circunstancias agravantes, entendido como la demostración más cruel de violencia contra la mujer.
Informó que con base en esta normativa la Fiscalía General del Estado ha recibido 59 notificaciones relativas al delito de femicidio desde la vigencia del Código Orgánico Integral Penal, hasta el 5 de diciembre del año 2015. Al momento, se encuentran en etapa de instrucción 15 notificaciones, mientras que otras 15 investigaciones fueron llevadas a los tribunales bajo la dirección de los fiscales de caso, obteniendo sentencia condenatoria para los agresores.
El COIP incluye los delitos de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar y sanciona la violencia psicológica, física y sexual; tipifica y sanciona el acoso sexual, el estupro, abuso sexual y la violación con especial protección a personas con discapacidad, enfermos, niñas, niños, adolescentes, mujeres. Ante la realidad actual en la que las redes sociales pueden ser utilizadas para violentar derechos, se tipifica y sanciona el contacto y la oferta con finalidad sexual que involucren a menores de edad a través de medios electrónicos, explicó.
Igualmente, expresó que se mantiene la tipificación de los actos de odio que acontecen cuando una persona comete actos de violencia física o psicológica de odio, contra una o más personas en razón de su nacionalidad, etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de género u orientación sexual, identidad cultural, estado civil, idioma, religión, ideología, condición socioeconómica, condición migratoria, discapacidad, estado de salud o portar VIH, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años.
Aseguró que el COIP establece el delito de tortura con pena agravada en el caso que se cometa con la intención de modificar la identidad de género, orientación sexual; cuando se la realice en personas con discapacidad, menores de edad, adultos mayores o mujeres embarazadas.
También tipifica los delitos de lesa humanidad en ataques generalizados o sistemáticos, así la violación sexual, prostitución forzada, inseminación no consentida. A la vez protege a personas en situaciones de riesgo y tipifica la privación arbitraria de libertad, tortura y la desaparición forzada, subrayó la legisladora ecuatoriana al recordar que en el código se determina tipifica como delito el reclutamiento de niños, niñas y adolescentes en contextos de conflicto armado e incluye en estos contextos a las personas protegidas por el Derecho Internacional Humanitario: refugiados y apátridas.
Gina Godoy señaló que también se preocuparon por tipificar toda forma moderna de esclavitud, entre ellas la trata de personas. El COIP incluyó el delito de explotación sexual de personas, con una maximización de la pena en el caso de realizarse contra adultos mayores, niñas, niños, adolescentes, mujeres embarazadas, personas con discapacidad o con enfermedad catastrófica, en situación de riesgo o víctimas de violencia basada en género, enfatizó.
PV